El gobierno argentino está trabajando en la reforma del Código Penal. Una de las novedades que incluye la propuesta de reforma es la pena de cárcel para los que desmontan, según recoge el diario argentino La Voz del Interior, de la provincia de Córdoba. Hasta ahora, el Código Penal no hacía ninguna referencia a este tema.
En el anteproyecto de ley se prevé prisión de seis meses hasta tres años a quien “extrajera o utilizara ejemplares (de flora silvestre o acuática) en cantidad no autorizada”. También al que “sin autorización o excediendo la que tuviere” tale bosques o tierras forestales para fines distintos del uso doméstico.
La ley nacional de protección del bosque nativo (26.331) que actualmente está vigente, faculta a las provincias para que determinen las sanciones (suelen ser multas o arresto). En Córdoba, la ley prevé multas, suspensión de actividades y arresto de hasta 60 días para el que realice un desmonte ilegal. También se obliga al infractor a que repare el daño. Es decir, que reforeste el predio desmontado con especies iguales a las extraídas.
El anteproyecto de Ley no actualiza la legislación en relación al bienestar animal. En Argentina rige una norma con 60 años de antigüedad sobre maltrato animal y conocida como Ley Benítez de 1954.
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