La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) considera que la posible extensión de normas de una Organización de Productores (OP) a productores no sujetos inicialmente a la misma, puede constituir una restricción a la libertad de empresa y por tanto, puede afectar a la competencia. Así lo recoge en el informe que acaba de publicar sobre el proyecto de Real Decreto (PRD) de extensión de normas de OP, el cual tiene por objeto adecuar la normativa española a la comunitaria, sobre las circunscripciones económicas y extensión de las normas, en el marco de la producción de frutas y hortalizas.
No obstante, la CNC no ha formulado objeciones al PRD en este sentido, debido a que la normativa española se adecua a la normativa comunitaria la cual permite la extensión de norma para OPs. La CNC señala que es preciso que la OP sea suficientemente representativa, si bien no cuantifica dicha representatividad.
Por otro lado, la CNC se ha mostrado crítica con la justificación de la medida, ya que considera que para que las medidas de concentración de la oferta resulten eficaces, éstas deben implicar mejoras en los procesos productivos y que tales mejoras tienen que trasladarse a través de la cadena de valor.
La CNC también hace hincapié en que debería establecerse expresamente en el texto, que el órgano competente no debe tener conflicto de interés con los productores de que se trate, en la medida en que dicho órgano puede tener acceso a información comercialmente sensible de los operadores.
En cuanto a la regulación en el PRD de las contribuciones financieras de los productores no asociados a las OPs, el informe de la CNC incide en la necesidad de clarificar que la contribución de los productores de la OP nunca podrá ser inferior a la parte proporcional de la representatividad que ostentan en relación con la totalidad de la circunscripción. Estos principios serían aplicables también al reparto de la contribución entre los productores no pertenecientes a la OP representativa.




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