La medida que hace algunas semanas introdujo la Comisión Europea de vender en el mercado comunitario, azúcar e isoglucosa producidas al margen de las cuotas con una tasa reducida por excedente en la campaña de comercialización 2010/2011 ha tenido una gran aceptación. Tanto es así, que el FEGA acaba de publicar los coeficientes de reducción que habrá que aplicar a las cantidades solicitadas.
En el caso del azúcar, las cantidades por las que se han presentado solicitudes de certificado entre el 14 y 18 de marzo de 2011, y notificadas a la Comisión deberán ser multiplicadas por un coeficiente de asignación de 67,106224%.
En el caso de la isoglucosa, las cantidades por las que se han presentado solicitudes de certificado entre el 14 y el 18 de marzo de 2011, y notificadas a la Comisión deberán ser multiplicadas por un coeficiente de asignación de 51,126352%.
Tanto en el caso del azúcar como en el de la isoglucosa quedan rechazadas las solicitudes de certificado presentadas del 21 al 25 de marzo de 2011 y el período de presentación de solicitudes de certificado queda cerrado a partir del día 28 de marzo de 2011.
El Reglamento (UE) nº 222/2011 de la Comisión, de 3 de marzo de 2010, estableció en la campaña de comercialización 2010/2011, que la cuantía de la tasa por excedentes quedaba fijada en 0 EUR por tonelada para una cantidad máxima de 500.000 toneladas de azúcar, expresadas en equivalente de azúcar blanco y de 26.000 toneladas de isoglucosa (materia seca), producidas al margen de las cuotas.
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