El Ministerio de Medio Rural (MARM) y el Ministerio de Agricultura de Francia firmaron el pasado 1 de enero un protocolo de acuerdo con las condiciones sanitarias de los intercambios entre ambos países de bovinos y ovinos procedentes de zonas restringidas con respecto a la fiebre catarral ovina.
Según dicho protocolo, que está vigente desde el día de la firma, la vacunación frente a los serotipos 1 y 8 de bovinos y ovino no es obligatoria para traslados entre las zonas francesas y españolas restringidas, únicamente frente a los serotipos 1 y 8.
Asimismo, establece que los traslados de bovinos y ovinos procedentes de la zona restringida frente a serotipo 4 en España, deben cumplir los siguientes requisitos:
– Los bovinos y ovinos de menos de 120 días deberán proceder de explotaciones vacunadas frente a serotipo 4.
– Los bovinos y ovinos de más de 120 días deberán estar vacunados frente a serotipo 4.
Se considera como vacunado un animal cuando hayan transcurrido más de 10 días y menos de 1 año desde el momento de recibir la o las dosis necesarias en caso de primera vacunación o que ha recibido la revacunación en un plazo máximo de un año después de la vacunación anterior en caso de animales que ya han sido previamente vacunados.
En el pasaporte de cada bovino o en documentación anexa al certificado oficial de movimiento se deberán reseñar la fecha de vacunación y el tipo de vacuna utilizada.
La desinsectación de los vehículos de transporte y de los animales no es obligatoria para los animales que cumplan dicho protocolo.
Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.