Se acaba de publicar el Real Decreto 1256/2010, aprobado en el Consejo de Ministros del viernes pasado, que modifica el Reglamento técnico de control y certificación de plantas de vivero de frutales, relativo a la comercialización de materiales de multiplicación de frutales y de plantones de frutal destinados a la producción frutícola, con objeto de adaptar las nuevas modificaciones en la normativa comunitaria.
Por una parte, y debido al desarrollo de la producción de plantas de vivero certificada, la nueva norma amplía las facultades autorizadas a los productores de la categoría multiplicador, para incluir también la producción de material certificado en todas sus fases, desde la fase de planta madre a la fase de plantón.
Además, las nuevas tecnologías de producción han llevado aparejadas nuevas formas de comercialización que son contempladas en la norma actual. De esta manera, los plantones obtenidos en macetas o pots pueden ser precintados y comercializados en contenedores sin perder la necesaria trazabilidad.
El nuevo Real Decreto también contribuye a controlar la calidad sanitaria del material de categoría CAC (Coniformitas Agrarias Communitatis) comercializado de la especie olivo, actualizando y concretando los requisitos sanitarios.
Igualmente, tiene en cuenta lo establecido en la Ley de semillas y plantas de vivero, y recursos filogenéticos, para lo que procede a la actualización de algunas definiciones y marcos de actuación.
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