Agrodigital

la web del campo

  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Frutas y hortalizas
    • Vino
    • Olivar
    • Remolacha y azúcar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
    • Insumos agrícolas
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Acuicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • Política agraria España
    • Política agraria países terceros
    • OMC – Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • CC.AA.
    • Castilla y León
  • Legislación
  • Varios
    • Artículos
    • Buscador
    • Anuncios clasificados
    • Contacto
    • Newsletter
Está aquí: Home / Agricultura / Sanidad vegetal / Creado un registro comunitario de biocidas

           

Creado un registro comunitario de biocidas

24/05/2010

La Comisión Europea ha creado un registro comunitario de biocidas (Decisión 2010/296/UE). En el plazo de un mes después de finalizar cada trimestre, los Estados miembro tendrán que introducir en el Registro todos los biocidas que hayan sido autorizados o registrados en su territorio o a los que se haya denegado, modificado, renovado o cancelado una autorización o un registro, indicando como mínimo:

a) el nombre y apellidos o razón social del solicitante o del titular de la autorización o del registro;

b) la denominación comercial del biocida;

c) el nombre y cantidad de cada sustancia activa que contenga, así como el nombre y cantidad de cada una de las sustancias peligrosas en la acepción del apartado 2 del artículo 2 de la Directiva 67/548/CEE y su clasificación;

d) el tipo de producto y el uso o los usos para los que esté autorizado;

e) el tipo de formulación;

f) los límites propuestos de residuos que se hayan determinado;

g) las condiciones de la autorización y, cuando proceda, los motivos de la modificación o cancelación de una autorización;

h) si el producto es de un tipo especial (por ejemplo, un producto incluido en una formulación marco o un biocida de bajo riesgo).

Este registro empezará a funcionar a partir del próximo 1 de julio.

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Escriba un comentario: Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Es actualidad

  • Más de dos millones de franceses firman contra el acetamiprid 10/09/2025
  • Aragón: ayudas a explotaciones de peral y membrillero afectadas por fuego bacteriano 02/09/2025
  • Aragón autoriza medidas excepcionales para combatir la plaga de langosta sin perder ayudas de la PAC 01/09/2025
  • La UE revisará su lista de plagas prioritarias tras evaluar 47 especies 28/07/2025
  • Bayer nombra a Pierre Larrieu director de la división Crop Science en España, Portugal y norte de África 16/07/2025
  • Hongos del olivar para frenar la Xylella: una estrategia prometedora desde Córdoba 27/06/2025
  • Aragón: la plaga de langosta continúa activa 18/06/2025
  • El Gobierno distribuye 19 M€ entre CCAA para sanidad animal y vegetal en 2025 11/06/2025

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2018 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestro sitio web y obtener analítica web. Si continúa utilizando este sitio asumiremos que está de acuerdo.Estoy de acuerdo