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Aprobada la inclusión de cinco denominaciones de especias en la reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de condimentos y especias

18/01/2010

El Consejo de Ministros aprobó el viernes pasado una modificación del Real Decreto por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de condimentos y especias.

Con esta modificación se introduce las denominaciones de cinco especias: Alholva o Fenogreco (Trigonella foenum-graecum), Albahaca (Ocimum basilicum), Eneldo (Peucedanum graveolens), Kaloonji o Neguilla (Nigella sativa) y Pimienta rosa (Schinus terebinthifolius), no previstas anteriormente, así como las correspondientes especificaciones de calidad a las que deberán ajustarse las mismas. Además, se incorpora en el anexo del Real Decreto las características de composición y calidad a las que deberá ajustarse.

Esta modificación del Real Decreto se ha hecho necesaria por la evolución del mercado y los gustos de los consumidores españoles, acostumbrados a utilizar especias provenientes de otros países, así como el auge de estas especias en la oferta gastronómica, fomentando que existan en el mercado ciertas especias que no estaban recogidas de manera explícita en la normativa.

En el proceso de tramitación de este Real Decreto han sido consultadas las comunidades autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados, habiendo emitido informe favorable la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria.

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