El Ministerio de Medio Rural (MARM) ha publicado el primer listado de Organismos Independientes de Control autorizados provisionalmente para la inspección de establecimientos exportadores a efectos de Lista Marco.
Dicho listado se actualizará periódicamente conforme el MARM, a través de la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos resuelva las solicitudes presentadas por los Organismos Independientes de Control, de conformidad con el procedimiento establecido de manera conjunta con el Ministerio de Sanidad y Consumo.
Para que los Organismos Independientes de Control que cumplan los requisitos establecidos en el Real Decreto 265/2008, de 22 de febrero, por el que se establece la lista marco de establecimientos para la exportación de carne y productos cárnicos, puedan ser autorizados provisionalmente, en tanto obtienen la acreditación, deberán presentar la solicitud correspondiente conforme se detalla en el apartado de CEXGAN: Consideraciones Generales/Tramitación de solicitudes.
Para todos estos Organismos Independientes de Control, la duración máxima de la autorización provisional será de dos años desde la notificación de dicha autorización provisional
El listado puede consultarse en el siguiente vinculo:
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