La administración de EEUU ha decidido suspender las sanciones comerciales llamadas de “carrusel” y revisar cada seis meses, la lista de productos sujetos a sanción. Esta medida es mucha más dura que la actual y provoca más incertidumbre entre los exportadores debido a que pueden ver como su productos son sometidos a unos aranceles más elevados siendo avisados con muy poco tiempo de antelación.
Esta acción de EEUU ha sido muy mal recibida por las autoridades comunitarias, que ya han manifestado que no les queda otra opción que iniciar los preparativos para llevar esta acción ante la Organización Mundial del Comercio (OMC). Consideran que el tema cada vez se está complicando más, dado que la OMC todavía no ha dado una opinión sobre el actual régimen de las hormonas iniciado en 2003, por lo que en opinión de la Comisión Europea, las sanciones de EEUU son ilegales.
Este conflicto se inició en febrero de 1998, cuando el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC (OSD) decidió que la prohibición en la UE de importar carne procedente de animales a los que se les hubiera suministrado promotores del crecimiento iba en contra de las normas de la OMC. Dado que la UE no levantó esta prohibición, EEUU y Canadá que eran los países demandantes, pudieron aplicar sanciones (de 74 millones de euros para EEUU y de 7 millones de euros para Canadá), a través del incremento de los aranceles de entrada en dichos países de ciertos productos comunitarios, como el queso de Roquefort y la mostaza de Dijon.
En octubre de 2003 entró en vigor una nueva Directiva en la UE, en la que mantiene la prohibición pero basándose en estudios científicos y en la opinión de un comité científico independiente. Dichos estudios se centraron en los riesgos derivados de los residuos de seis sustancias hormonales: 17 ß estradiol, testosterona, progesterona, acetato de trembolona, zeranol y acetato de melengestrol. Estos estudios indicaron que existen suficientes evidencias de la peligrosidad para la salud del 17 ß estradiol, y por tanto para su prohibición. En el caso del resto de las sustancias no había datos concluyentes por lo que se aconsejaba su prohibición provisional.
Después de la entrada en vigor de esta nueva Directiva, la UE solicitó el levantamiento de las sanciones, a lo que EEUU se negó argumentando falta de soporte científico e incompatibilidad con el acuerdo de medidas sanitarias y fitosanitarias (SPS) de la OMC de la nueva Directiva comunitaria.
En enero de 2005, la UE solicitó ante la OMC que se constituyera un nuevo panel para resolver el conflicto de las hormonas con EEUU y Canadá. En marzo de 2008, la OMC emitió un veredicto sobre la ilegalidad de la nueva directiva comunitaria sobre las hormonas.
En octubre de 2008, el Tribunal de Apelaciones de la OMC emitió un dictamen en el que establecía que EEUU y Canadá pueden seguir poniendo sanciones mediante el aumento de los aranceles importación a algunos productos comunitarios
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