Madrid, 18 de mayo de 2007.- ASAJA tiene previsto dirigirse, en los próximos días, al Defensor del Pueblo para plantear un recurso de inconstitucionalidad del artículo 22 de la Ley del Suelo que ha aprobado recientemente el Congreso de los Diputados. La Ley, en sus actuales términos, permitirá al Gobierno expropiar a los agricultores el suelo necesario para realizar infraestructuras a un justiprecio que roza la confiscatoriedad.
El artículo 22 , referente a la “valoración en el suelo rural”, de la nueva Ley del Suelo que entrará en vigor el próximo 1 de julio, deja sin efecto el actual artículo 26 de la Ley del Suelo ya derogada, que establecía el valor del suelo no urbanizable por el método de comparación a partir de valores de fincas análogas.
A partir de ahora, el valor del terreno se calculará por el sistema de capitalización de renta, es decir por el valor de lo que se pueda sembrar o recolectar, independientemente de que ese precio sea infinitamente inferior al de las fincas colindantes o incluso inferior al precio que se adquirió. Con este nuevo sistema de valoración, el nuevo justiprecio del suelo rural resultará verdaderamente irrisorio, ya que será mucho menor al actual y rondará entre 3 y 6 €/m2 , según los cálculos realizados por esta Organización.
A juicio de ASAJA, en el caso del urbanismo y con la nueva normativa, el agente urbanizador optará por un sistema expropiatorio absolutamente perjudicial para los agricultores, tanto por la nueva cobertura legal que justifica el expediente expropiatorio, como por el nuevo método de valoración del suelo rústico, tasado en función de la rentabilidad de la explotación que en muchos cultivos es ruinosa.
Si como tiene declarada la jurisprudencia del Tribunal Supremo en innumerables sentencias, la naturaleza jurídica del instituto de la expropiación es la de que el expropiado, con el importe del justiprecio, pueda adquirir un bien de idénticas características al que pierde, se puede encontrar a partir del 1 de julio con que con el dinero recibido no pueda adquirir dicho bien de sustitución, quebrando el indicado principio.
En resumen, se trata de un sistema de valoración tremendamente injusto que atenta contra la libertad del mercado, motivo por el cual ASAJA se dirigirá al Defensor del Pueblo para solicitar la presentación de un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 22 de la Ley. Mientras tanto, esperamos que los Tribunales de Justicia sigan aplicando, como hasta ahora, en sus sentencias el principio del justiprecio.
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