En el Consejo de Ministros de Agricultura de la UE se alcanzó un compromiso político para la reforma de las reglas de los productos alimentarios denominados como orgánicos, biológicos o ecológicos.
Una de las novedades importantes es que en lo que se refiere a la presencia adventicia de OMG (lo que los productores “bio” y la ideología antibiotecnología denomina con la palabra “contaminación”), es que los productos bio estarían sometidos a las mismas normas que los productos convencionales que no etiqueten que el producto contiene OMG. Es decir, como norma general no contendrán OMG, pero será tolerable un umbral de presencia adventicia inevitable del 0,9%.
Esto supondría el mismo tratamiento que viene ocurriendo desde siempre en estos productos en lo que respecta a los residuos de pesticidas químicos “de síntesis” no autorizados por este tipo de agricultura, ya que los productos “bio” lo que certifican es un método de producción y comercialización de acuerdo con sus reglas, y no la pureza analítica del producto final.
Por otra parte, se ha aprobado un régimen transitorio de importación de productos “bio” procedentes de países terceros que reemplazará el régimen actual que finaliza el 31 de diciembre.
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