El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado el Reglamento 493/2006 por el que se establecen medidas transitorias en el marco de la reforma de la organización común de mercados en el sector del azúcar y se modifican los Reglamentos 1265/2001 y 314/2002
En este reglamento figuran, entre otras cosas el recorte temporal de cuota de azúcar para la próxima campaña, denominado retirada preventiva, y la asignación de cuotas transitorias de azúcar para los países que tienen siembra otoñal (España, Italia y Portugal).
La retirada preventiva (artículo 3) será una cantidad que se obtendrá multiplicando la cuota de cada empresa por un coeficiente, que en España es la suma de 0,8993 más el cociente de la cantidad que amortice en 06/07 acogiéndose al Fondo de Reestructuración, expresada en porcentaje de la cuota del Estado Miembro. Como la cuota de España es 996.961, si se abandonase en 06/07 poco más del 10% de la cuota, 100.973 tn de azúcar, en España no habría en la práctica esta retirada preventiva, caso que se dará con toda probabilidad, ya que está previsto que se abandonen al menos las cuotas correspondientes a las fábricas de Ciudad Real, Linares y la de caña de Guadalfeo, que conjuntamente son aproximadamente esa cantidad, lo que en la práctica hace que en España no haya recorte de cuota por este concepto, o que este sea mínimo.
En cuanto a la cuota transitoria, España tendrá 324.000 tn de azúcar para atender la remolacha de la Zona Sur sembrada antes del 1 de enero de 2006, que tendrá el precio mínimo de 47,76 €/tn
Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.