Modulación
La modulación o porcentaje de todas las ayudas que se detraerá para dedicarlo a medidas de desarrollo rural se establece en los siguientes porcentajes: 3% en 2005; 4% en 2006 y 5% en 2007.
No estará sujeto a la modulación una franquicia de 5.000 € por beneficiario.
Disciplina Financiera
Se establece une mecanismo de disciplina financiera por el que. a partir del año presupuestario 2007 y por decisión del Consejo. se podrán establecer reducciones adicionales a las ayudas cuando los gastos de las organizaciones de mercado superen en 300 millones de Euros los techos establecidos.
Este mecanismo sustituye al propuesto inicialmente de la degresividad, con la diferencia de que en este caso las deducciones son eventuales (solo si son necesarias), y en que no existe límite para las posibles reducciones.
Desacoplamiento
El desacoplamiento es el mecanismo por el que la suma de las actuales ayudas ligadas a las hectáreas sembradas o a las cabezas de ganado que se tengan cada año, pasan a ser una ayuda única por explotación independiente de las hectáreas que se siembren o las cabezas que se tengan en el futuro.
El pago único por explotación se calcula con carácter general en función de las ayudas que se percibieron durante un período de referencia, que en principio son los años 2000, 2001 y 2002, y de acuerdo con una serie de reglas particulares para cada sector.
El desacoplamiento se comienza a aplicar en 2005 con carácter general, aunque si existen dificultades especiales se puede demorar la aplicación hasta 2007.
El desacoplamiento total se aplica con carácter general a todas las ayudas directas que perciben actualmente los agricultores, excepto a las siguientes:
– La prima a la calidad al trigo duro de 40 €/Ha
– La ayuda específica al arroz de 476,25 €/Ha
– La ayuda de 45 €/Ha a los cultivos energéticos
– La ayuda de 55,57 €/Ha para las proteaginosas (guisantes, habas y altramuces)
Los Estados Miembros pueden sin embargo, de forma optativa, aplicar un desacoplamiento parcial, manteniendo una parte de ciertas ayudas acoplada a las hectáreas o cabezas de ganado que se tengan cada año, en los casos que se indican en cada sector, y que a grandes rasgos son los siguientes:
Herbáceos
– Mantener acoplado hasta el 25% de la ayuda básica de 63 €/Tm a la superficie de cultivos COP (cereales oleaginosas y proteaginosas).
O alternativamente
– Mantener acoplado hasta un 40% de el suplemento de la ayuda al trigo duro en zonas tradicionales
Ovino
– Mantener acoplado hasta un 50% de las primas al ovino incluyendo la prima al mundo rural
Vacuno
– Mantener acoplado hasta el 100% de la prima a la vaca nodriza y el 40% de la prima al sacrificio
O alternativamente
– Mantener acoplado el 100% de la prima al sacrificio
O alternativamente
– Mantener acoplado el 75% de la prima al ternero
Condicionalidad de las ayudas
Se simplifica y reduce el número de directivas que hay que cumplir como requisito para el cobro íntegro de las ayudas. Esas directivas se refieren fundamentalmente a condiciones medioambientales y de bienestar animal. Por incumplimiento de la condicionalidad los Estados Miembros podrán retener hasta un 25% de las ayudas. La Comisión preparará un documento para establecer criterios e indicadores de las obligaciones derivadas de la condicionalidad
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