La Comisión ha iniciado una investigación exhaustiva sobre el trato fiscal dispensado a McDonald’s en Luxemburgo. Preliminarmente, se ha concluido que, mediante una resolución fiscal, McDonald’s puede haber recibido un trato fiscal favorable contrario a las normas sobre ayudas de estado de la UE.
En concreto, la Comisión evaluará si las autoridades luxemburguesas derogaron de manera selectiva las disposiciones contenidas en su legislación tributaria nacional y en el Convenio en materia de doble imposición entre Luxemburgo y EE.UU., concediendo de este modo a McDonald’s una ventaja de la que no gozaron empresas que se encontraban en una situación de hecho y de derecho comparable.
Al amparo de dos resoluciones fiscales concedidas por las autoridades luxemburguesas en 2009, McDonald’s Europe Franchising no ha abonado desde entonces ningún impuesto sobre sociedades en Luxemburgo, pese a haber obtenido importantes beneficios (más de 250 millones EUR en 2013). Estos beneficios proceden de los cánones abonados por los restaurantes franquiciados en Europa y Rusia por el derecho a utilizar la marca McDonald’s y los servicios asociados. Se ha designado como responsable de la adopción de las decisiones estratégicas de la empresa a su sede principal en Luxemburgo, pero la empresa también cuenta con dos sucursales: una en Suiza, que presenta una actividad limitada en relación con los derechos de franquicia, y otra en los Estados Unidos, que carece de actividad real. Los cánones recibidos por la empresa se transfieren internamente a su sucursal estadounidense.
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