El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó ayer la orden de la Consellería do Medio Rural que regula las indemnizaciones para titulares de animales sacrificados en el marco de programas oficiales de sanidad animal. Con un presupuesto de 1,38 millones de euros, estas ayudas buscan mitigar el impacto económico en las explotaciones ganaderas afectadas y apoyar la sostenibilidad del sector. El plazo para presentar solicitudes comienza hoy y finaliza el 28 de noviembre de 2025.
Animales y enfermedades cubiertas
Podrán acceder a estas ayudas las personas físicas y jurídicas públicas o privadas, y las entidades sin personalidad jurídica que sean titulares de:
- Ganado vacuno, ovino y caprino: Animales sacrificados o muertos por resultar reaccionantes a las pruebas diagnósticas de perineumonía contagiosa bovina, tuberculosis, brucelosis, leucosis y lengua azul, o por haber convivido con animales enfermos considerados sospechosos por los veterinarios actuantes.
- Encefalopatías espongiformes transmisibles: Animales y productos de cualquier especie sacrificados, muertos o destruidos por motivos de sospecha o confirmación de esta enfermedad.
- Aves reproductoras o ponedoras (Gallus gallus) y reproductoras (Meleagris gallopavo): Sacrificadas por orden de la autoridad competente en el marco de programas nacionales de control de salmonela, o por la declaración oficial de un foco de gripe aviar, enfermedad de Newcastle u otras dolencias.
- Cerdos: Sacrificados o muertos por la declaración oficial de un foco de peste porcina clásica, peste porcina africana u otras enfermedades porcinas declaradas oficialmente, o durante el desarrollo de medidas, pruebas o controles ordenados por la autoridad competente.
- Visones americanos: Sacrificados por resolución de la autoridad competente o muertos por enfermedades sometidas a programas sanitarios oficiales.
- Animales de cualquier especie que fallezcan como consecuencia directa de actuaciones, tratamientos, manipulaciones preventivas o con fines de diagnóstico, dentro del marco de medidas oficiales impuestas por la autoridad competente.
Condiciones y requisitos
Las explotaciones afectadas deberán estar registradas en el Registro general de explotaciones ganaderas (Rega) de Galicia y mantener actualizados todos sus datos. Las indemnizaciones se calcularán conforme a los baremos y precios oficiales establecidos para estos casos o, en su defecto, según los valores recogidos en los planes de seguros agrarios aprobados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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