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Multa millonaria a Mondelēz por prácticas anticompetitivas

24/05/2024

La Comisión Europea ha multado a Mondelēz International, Inc. ( Mondelēz) con 337,5 M€ por obstaculizar el comercio transfronterizo de chocolate, galletas y productos de café entre Estados miembros, en violación de las normas de competencia de la UE.

Mondelēz , con sede en EE.UU., es uno de los mayores productores del mundo de productos de chocolate y galletas. Su portafolio incluye reconocidas marcas de chocolate y galletas como Côte d’Or, Milka, Oreo, Ritz, Toblerone y TUC y hasta 2015, marcas de café como HAG, Jacobs y Velvet Black .

La investigación de la Comisión concluyó que Mondelēz violó las normas de competencia de la UE: (i) al participar en acuerdos anticompetitivos o prácticas concertadas destinadas a restringir el comercio transfronterizo de diversos productos de chocolate, galletas y café; y (ii) abusando de su posición dominante en determinados mercados nacionales de venta de tabletas de chocolate.

En particular, la Comisión concluyó que Mondelēz participó en veintidós acuerdos o prácticas concertadas anticompetitivas , en violación del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea («TFUE»), al:

  • Limitar los territorios o clientes a los que siete clientes mayoristas (comerciantes/“corredores”) podrían revender los productos de Mondelēz. Un acuerdo también incluía una disposición que ordenaba al cliente de Mondelēz aplicar precios más altos para las exportaciones en comparación con las ventas nacionales. Estos acuerdos y prácticas concertadas tuvieron lugar entre 2012 y 2019 y abarcaron todos los mercados de la UE.
  • Impedir que diez distribuidores exclusivos activos en determinados Estados miembros respondan a solicitudes de venta de clientes situados en otros Estados miembros sin autorización previa de Mondelēz. Estos acuerdos y prácticas tuvieron lugar entre 2006 y 2020 y cubrieron todos los mercados de la UE.

La Comisión también concluyó que, entre 2015 y 2019, Mondelēz abusó de su posición dominante, infringiendo el artículo 102 del TFUE, al:

  • Negarse a suministrar a un corredor en Alemania para impedir la reventa de tabletas de chocolate en los territorios de Austria, Bélgica, Bulgaria y Rumania, donde los precios eran más altos.
  • Cesar el suministro de tabletas de chocolate en los Países Bajos para evitar su importación en Bélgica, donde Mondelēz vendía estos productos a precios más elevados.

La Comisión concluyó que las prácticas ilegales de Mondelēz impidieron a los minoristas poder adquirir libremente productos en los Estados miembros con precios más bajos y dividió artificialmente el mercado interior . El objetivo de Mondelēz era evitar el comercio transfronterizo que conduciría a descensos de precios en los países con precios más altos. Estas prácticas ilegales permitieron a Mondelēz seguir cobrando más por sus propios productos, en detrimento final de los consumidores de la UE.

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