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Rioja: Ayudas directas por tuberculosis bovina o por la presencia del lobo

18/07/2022

El Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Agricultura va a conceder ayudas directas a las explotaciones ganaderas riojanas afectadas por tuberculosis bovina o por la presencia del lobo en la región por valor de 261.000 euros. Se trata de una medida excepcional para contribuir a la recuperación de la rentabilidad y restablecer la viabilidad de las explotaciones ganaderas afectadas.

El Boletín Oficial de La Rioja publicó el viernes pasado, la Orden ATP/2022 que establece las bases reguladoras de las ayudas. Las solicitudes pueden presentarse en el plazo de diez días hábiles desde el viernes.

La Consejería de Agricultura concederá estas ayudas, que se acogen al régimen de minimis, con cargo a su presupuesto y en un único pago que se otorgará a las explotaciones ganaderas que cumplan los requisitos previstos en la orden de bases. Así, serán beneficiarios de estas ayudas los titulares de las explotaciones ganaderas ubicadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja que tengan domicilio fiscal en La Rioja y estén inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de La Rioja (REGA).

En relación a las ayudas por tuberculosis bovina, serán beneficiarias las explotaciones de vacuno o caprino, que deberán estar inscritas con clasificación zootécnica de reproducción para producción de carne, leche, mixta o pasto; habrán debido resultar damnificadas con al menos un resultado positivo por tuberculosis bovina desde el 1 enero de 2021 y hasta el fin del plazo de la solicitud de la ayuda, y deberán cumplir con el Programa Nacional de Erradicación de Tuberculosis Bovina.

En referencia a la ayuda por la presencia de lobo en La Rioja, la subvención se activa como cumplimiento del compromiso alcanzado de la Mesa de la Ganadería Extensiva y el Lobo para que los pagos compensatorios se realicen no solo asociados a la Reserva de Caza, sino que tengan un tratamiento homogéneo en toda la Comunidad Autónoma de La Rioja. A través de esta ayuda por presencia de lobo, serán beneficiarias las explotaciones de ovino y caprino, que deberán también estar inscritas con clasificación zootécnica de reproducción para producción de carne, leche, mixta o pasto; deberán poseer un número de hembras reproductoras igual o superior a 30 en la declaración censal obligatoria de 2022 y deberán estar ubicadas en alguno de los municipios con presencia del lobo en la región.

En la ayuda por tuberculosis bovina, la cuantía de la ayuda será para las explotaciones de vacuno de 30 euros por hembra de más de 24 meses que conste en el Sistema de Trazabilidad Animal (SITRAN) a 1 de enero de 2022. Este importe se incrementará a 45 euros en aquellas explotaciones que hayan tenido animales reaccionantes positivos en 2021 y 2022. Para las explotaciones de caprino será de 3 euros por hembra reproductora que conste en la declaración censal obligatoria de 2022.

Por su parte, la cuantía de la ayuda para las explotaciones de ovino y caprino situadas en municipios con presencia de lobo será de 2 euros por hembra reproductora que coste en la declaración censal obligatoria de 2022.

El importe total de la ayuda de minimis concedida a cualquier beneficiario no puede exceder de 20.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales, conforme al Reglamento de la UE.

Estas ayudas serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de administraciones y entes públicos o privados de cualquier ámbito geográfico.

En el caso de que las necesidades financieras de las solicitudes de ayudas superen la disponibilidad presupuestaria, se aplicará un reparto proporcional entre los beneficiarios del importe global máximo destinado a esta subvención.

El plazo máximo para resolver y publicar la resolución de concesión será de seis meses contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

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