
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo n°. 2 de Palma de Mallorca ha emitido una sentencia por la que considera que no se puede usar un término que está socialmente asociado a un producto cárnico, en el etiquetado de un producto vegetal, según informa Noticias Jurídicas. Esta sentencia viene a desestimar el recurso que interpuso la empresa Vegetalia, por una sanción que le impuso la Consejería de Agricultura de las Islas Baleares por vender Salami vegetal.
Vegetalia dedicada a la producción de productos vegetales, algunos de ellos con aspecto similar a los productos cárnicos. Tal es el caso del motivo del recurso. Vegetalia produce un producto vegetal que parece un salami y que en la etiquetad indica «Salami», por lo que fue sancionado por la Consejería.
En su recurso, Vegetalia esgrimía que el cliente de sus productos sabe que no se trata de un producto cárnico y que exactamente lo que busca es que no tenga carne.
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