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Aprobado en Andalucía el decreto para crear Entidadades Asociativas Prioritarias

24/11/2017

Cooperativas Agro-alimentarias de Andalucía espera que el Decreto EAPA suponga un revulsivo e impulse los procesos de integración en la región

A la espera de publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), el Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto 188/2017, de 21 de noviembre, por el que se regulan las Entidades Asociativas Prioritarias Agroalimentarias de Andalucía (EAPA) y se crea su registro. Se trata de un instrumento complementario a la figura nacional de Entidad Asociativa Prioritaria (EAP) supra-autonómica, prevista en la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentaria.

Cooperativas Agro-alimentarias de Andalucía la valora de modo positivo y espera que contribuya a impulsar los procesos de integración en la región, ya que, a nivel nacional, sólo existen en la actualidad seis entidades reconocidas como EAP, de las cuales una, Dcoop, tiene su sede social en Andalucía, mientras otra, EA Group, tiene un fuerte componente andaluz, pese a ubicar su sede en Extremadura.

Podrán beneficiarse de la norma, y ser reconocidas como EAPA, cooperativas de primer y segundo grado, grupos cooperativos, sociedades agrarias de transformación, organizaciones de productores y otras entidades civiles o mercantiles, siempre que más del 50% de su capital social pertenezca a alguno de los citados tipos de sociedades, el 90% de la actividad económica se desarrolle en Andalucía y comercialicen conjuntamente la totalidad de la producción de las entidades que las integran y sus productores.

Además, tendrán que alcanzar unos niveles de facturación determinados, según sectores, más accesibles a los establecidos en la normativa nacional. También podrán solicitar la figura EAPA las entidades que hayan experimentado un crecimiento acumulado del 20% en el valor de la producción comercializada, a lo largo de los tres últimos ejercicios, o que sean el resultado de una integración llevada a cabo como máximo seis meses antes de la solicitud, cumpliendo en ambos casos unos límites diferentes a los primeros, fijados también en el Decreto.

Las cooperativas que soliciten su reconocimiento como EAPA y su inscripción en el registro, creado al efecto, podrán beneficiarse, tanto ellas como sus entidades de base, si las hubiera, y los socios cooperativistas (agricultores y ganaderos), de puntuaciones preferenciales en el acceso a determinadas ayudas, que cursen en concurrencia competitiva, como las destinadas a proyectos de fusión e integración, modernización de explotaciones, incorporación de jóvenes y primera participación en regímenes de calidad y promoción de productos de calidad diferenciada. También podrán obtener, en algunos casos, mayor porcentaje de subvención.

En definitiva, una norma atractiva en consonancia con la misión de Cooperativas Agro-alimentarias de Andalucía, que no es otra que impulsar un modelo cooperativo empresarial, rentable, competitivo, profesionalizado, generador de valor y con una dimensión relevante, clave para garantizar la sostenibilidad del sector agroalimentario.

La federación considera que contar con normas que primen la dimensión, como este Decreto EAPA, puede ser un revulsivo e imprimir ritmo en todos los sectores, para que acometan procesos de integración y fusión, muy necesarios al objeto de que las cooperativas mejoren su posicionamiento en la cadena de valor, al tiempo que puedan abordar proyectos de transformación, industrialización, I+D+i e internacionalización, entre otros.

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