El gobierno argentino ha publicado una norma (Resolución N° 13 – E/2017) para autorizar la radiación ionizante de las carnes de ave, bovina, porcina, caprina y alimentos de origen animal desecados.
Además, la norma permite la radiación en otros grupos de productos como bulbos, tubérculos y raíces; frutas y verduras frescas; cereales y sus harinas, legumbres, semillas, oleaginosas, frutas secas; vegetales y frutas desecadas, condimentos vegetales, hierbas secas y tés de hierbas; hongos de cultivo comestibles; pescados y mariscos.
Hasta ahora en Argentina, estaba autorizada la radiación ionizante en patatas, ajos, cebollas, espárragos, frutillas, especias, condimentos vegetales desecados y/o sus mezclas y hongos de cultivo comestibles.
La radiación de carnes se permite en EEUU desde 1997, por el contrario, en la UE no está autorizada más que en especias y condimentos.
La radiación ionizante se aplica para inhibir la brotación durante el almacenamiento; desinfectar el producto; controlar microorganismos alterantes y patógenos; controlar parásitos, de insectos y/o hongos, lo que prolonga la vida útil de los productos.
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