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Está aquí: Home / Política agraria / PAC / La reforma de la PAC ya se ha acordado en su totalidad

           

La reforma de la PAC ya se ha acordado en su totalidad

25/09/2013

Pagina nueva 3

 

Ayer por la noche, finalmente Consejo y Parlamento llegaron
a un consenso en el Trílogo en relación con los temas que quedaban pendientes
tras del acuerdo del 26 de junio pasado sobre la reforma de la PAC. La Comisión
de Agricultura del Parlamento refrendará este acuerdo el próximo 30 de
septiembre.

 

Los puntos acordados son los siguientes:

 

PAGOS DIRECTOS

 

Degresividad: las ayudas directas que recibe una
explotación agrícola (sin incluir el pago verde) se reducirán, en al menos un 5%
para importes superiores a 150.000 €. Con el fin de tener en cuenta el empleo,
los costes salariales pueden ser deducidos antes de realizar el cálculo.

 

Esta reducción no tiene por qué aplicarse a los Estados
miembros que aplican el "pago redistributivo", según el cual, al menos el 5% del
sobre se dedica a su redistribución entre  as primeras hectáreas de las
explotaciones.

 

Los fondos ahorrados con el mecanismo de la degresividad
permanecerán en el  Estado miembro/región en cuestión, se transferirán a la
respectiva dotación para el desarrollo rural y se podrán usar sin ningún tipo de
requisitos de co-financiación.

 

 


Convergencia externa:

Los sobres nacionales para pagos directos para cada Estado
miembro se ajustará progresivamente de tal manera, que aquellos Estados miembros
en los que el medio de pago (en € por hectárea) se encuentre actualmente por
debajo del 90% de la media de la UE verán aumentado gradualmente la cuantía del
sobre  (en  un tercio de la diferencia entre su nivel actual y el 90% de la
media de la UE).

 

Además,
existe la garantía de que todos los Estados miembros lleguen a un nivel mínimo
en 2019. Paralelamente, los sobres nacionales de los Estados miembros que
reciben por encima de las cantidades medias se ajustarán en consecuencia.

 

 

Transferencia de fondos entre pilares:
los Estados miembros tendrán la posibilidad de transferir hasta el

15%
de su sobre nacional

para pagos directos (1er pilar) a su dotación para el
desarrollo rural. Estas cantidades no tienen que ser cofinanciadas

 

Asimismo,
los Estados miembros tendrán la opción de transferir hasta un 15% de su dotación
nacional para el desarrollo rural a su sobre para pagos directos, o hasta el 25%
en el caso de los Estados miembros que reciben menos del 90% de la media de la
UE para los pagos directos.

 


 


DESARROLLO RURAL

 


Asignaciones nacionales:

las asignaciones de desarrollo rural por Estado miembro están incluidas en el
Reglamento Base, pero con la posibilidad de ajustar estas cantidades a través de
un acto delegado si técnicamente es necesario o suministrado mediante un acto
legislativo.

 

Porcentajes de cofinanciación
: Los porcentajes de cofinanciación máxima de la UE será de hasta el 85% en las
regiones menos desarrolladas, las regiones ultraperiféricas y las islas menores
del Mar Egeo, el 75% en las regiones de transición, el 63% en las demás regiones
en transición y 53% en otras regiones para la mayoría de los pagos.

 

No obstante, el porcentaje
puede ser mayor para las medidas de apoyo a la transferencia de conocimientos,
la cooperación, el establecimiento de grupos de productores y sus
organizaciones, ayudas para la instalación de jóvenes agricultores, así como
para proyectos de LEADER y para gastos relacionados con el medio ambiente y el
cambio climático en diversas medidas.

 

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