Como consecuencia del elevado impacto que ha tenido el incremento del precio de los piensos durante el período impositivo 2012, el Ministerio de Hacienda ha decidido reducir el índice corrector por piensos adquiridos a terceros aplicable a las actividades ganaderas. Con carácter excepcional, para el período impositivo 2012 quedará fijado en el 0,65 (Orden HAP/660/2013).
En 2010 y 2011 también se aplicó una reducción, con carácter excepcional, en el índice corrector, fijándolo en 0,65.
Este índice corrector se aplica en las actividades ganaderas en las que el ganado se alimenta con piensos y otros productos para la alimentación adquiridos a terceros en una cantidad superior al 50% del total consumido. Hasta ahora, el índice era de un 0,75, excepto en los casos de explotación intensiva de ganado porcino de carne y avicultura, que era de un 0,95. A efectos de este índice, la valoración del importe de los piensos y otros productos propios se efectuará según su valor de mercado.
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