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Gran nivel en el cumplimento de las normas de bienestar animal en el transporte reflejando un nivel de exigencia por parte de los transportistas por encima de las exigencias de la legislación existente.

01/09/2010

La Asociación Española de Transportistas de Animales (ANTA) y en colaboración con la Asociación Nacional de Comerciantes de Ganado Porcino (ANCOPORC), han puesto en marcha durante los meses de Junio, Julio y Agosto un control y seguimiento masivo de transporte de animales en España, Francia, Italia, Alemania , Portugal y Holanda, cuyo resultado ha sido muy revelador de las condiciones en que se transportan los animales en la UE, y de las condiciones de cumplimento de la legislación actual y ha revelado los aspectos más negativos de esta legislación y en los que se puede mejorar. También este seguimiento de los movimientos de ganado ha tirado al traste la información que divulgan algunas organizaciones proteccionistas que quieren mostrar a la sociedad la imagen de que el transporte de animales se hace de forma incorrecta, nada más lejos de la realidad.

Algunos de los datos y conclusiones de este seguimiento son las siguientes:

1. Las densidades se cumplen de forma correcta y en las épocas de verano cuando hace más calor, se extrema la precaución disminuyendo la densidad y priorizando el manejo de los animales. En este sentido, hemos detectado que se debería revisar el Reglamento 1/2005 y adaptarlo a las densidades propias de la condición física de cada especie y tipo de animal, ya que en muchas ocasiones aplicar la densidad y los metros cuadrados que establece el Reglamento perjudica en bienestar de los animales.

2. Se cumplen la programación establecida en la hoja de ruta o plan de viaje, en los transportes de más de 8 horas.

3. Los vehículos en los últimos 5 años se han modernizado a las exigencias de la normativa incorporando mejoras para el confort de los animales tales como; sistemas de localización de vehículos (aunque la incorporación de este elemento no hemos podido comprobar que tenga repercusión sobre el bienestar de los animales), cama (paja, serrín, etc..), bebederos, aire acondicionado (ventilación forzada), sistemas de control de temperaturas (sistema de alerta para en conductor cuando se alcanza la temperatura de regulación para los animales). Duchas con sistema de lluvia microgota (este sistema no lo exige la legislación y se incorpora de una forma voluntaria), sistema neumático de suspensión antivibración para absorber baches en carretera e irregularidades del camino (este sistema tampoco es exigido por el Reglamento), ventilación natural por control remoto desde cabina.

4. Todos los conductores han recibido cursos de formación especializada abordando temas tales como comportamiento animal, fisiología animal, legislación, manejo de los animales, carga y descarga de los animales, casos prácticos de conducción, construcción y equipamiento de vehículos, trazabilidad, sanidad animal, sistemas de ventilación, etc, con duraciones que van entre 15 y 25 horas dependiendo el estado miembro donde se ha realizado el curso de formación. Acompañado este curso por un certificado de formación emitido por la autoridad competente.

5. Todos los vehículos estaban registrados y habían pasado el control de autorización según lo establecido en el reglamento 1/2005, tanto para transporte para menos de 8 horas, como de larga distancia.

6. Los elementos de carga y descarga que hemos podido comprobar que cumplen con la inclinación de las pendientes y elementos de protección para los animales que fija la legislación existente en materia de sanidad animal.

7. La mayoría de los conductores a parte de los cursos de formación había asistido a Congresos y seminarios sobre bienestar animal realizados en su país de origen. Detectando en los mismos una conciencia sobre bienestar animal y una predisposición a la protección de los animales, detectando incoherencia en muchos de los artículos que establece el Reglamento 1/2005 y que perjudican el bienestar de los animales aportando soluciones a los mismos.

8. En el seguimiento de las entrevistas a los transportistas también pone de manifiesto que la administración europea no pone en ocasiones los medios necesarios para un buen desarrollo del transporte de animales en pro del bienestar animal, tales como conexiones entre países a través de los ferrys con horarios coherentes, puntos de parada en las principales rutas de movimiento adaptado a las especies que se transportan, número de paradas innecesarias para los animales y cuya duración prolongada perjudica a los mismos.

9. Los estudios científicos cada vez son más rotundos y certifican lo que verdaderamente hay que cumplir en la realidad y demuestran que se pueden transportar animales a distancias largas sin ningún problema teniendo en cuenta un correcto manejo de los animales, antes de la carga durante el transporte y en la descarga.

10. La UE se deberá plantear una reforma de la legislación NO con el objetivo de limitar el transporte de animales si no el hacer una normativa que se adapte a la realidad, a las necesidades de los animales, y a la libertad del movimiento de animales que existe en la UE, todo ello, partiendo de las condiciones que tenemos actualmente, es posible, hoy en día transportar animales no debe suponer un sufrimiento del animal, ya que día a día se mejoran las condiciones del transporte, aplicando el sentido común y el conocimiento, y la legislación debe acompañar a este proceso, sin sucumbir a hechos aislado y puntuales que hacen mucho ruido pero que no muestran la realidad más inminente de cómo se trabaja en el sector con grandes profesionales en toda la UE como hemos podido comprobar (veterinarios, conductores, capataces, carroceros, empresas de tecnología, etc).

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