El Ministerio de Hacienda está preparando un Real Decreto de Normas de Control de Tabaco Crudo, así como un régimen sancionador para el desarrollo reglamentario de la Ley 11/2021 de 9 de Julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
ASAJA Extremadura considera que el Ministerio que dirige María Jesús Montero, plantea un decreto absurdo, de imposible cumplimiento, que hace tambalear al sector. La organización recuerda, que la Junta de Extremadura y los cultivadores de tabaco llevan funcionando, de común acuerdo, sin problema alguno en cuanto a los movimientos de tabaco se refiereen base a 3 documentos:
1ª Inscripción en el Registro de Explotaciones de los cultivadores.
2ª Contrato con la industria Transformadora.
3ª Guía de desplazamiento que acreditaba el transporte del producto.
Según señala la organización, en el nuevo RD se va a crear una unidad especial de la Policía de Aduanas que inspeccionará que se cumple las siguiente obligaciones (cuyo incumplimiento llevará sanciones) que tendrán que cumplir todo productor que quiera llevar su tabaco curado a los centros de compras (esto es CETARSA y DELTAFINA que suponen el 94,12 % de las compras de tabaco en España):
1ª Inscripción en otro nuevo registro que crea el Ministerio de Hacienda. Sanción 50.000 €.
2ª Llevanza de contabilidad de existencias a nivel de profesional de las finanzas. Sanción 40 € /kg, con un mínimo de 10.000 €.
3ª Llevanza de contabilidad de existencias distintas a las establecidas por el Real Decreto, que no permitan conocer la situación del tabaquero. Sanción 100.000 €.
4ª Incumplimiento de la obligación de comunicar a la Agencia Tributaria que el tabaco se va a entregar en almacén diferente al que previamente se haya notificado en los plazos previstos. Sanción de 10.000 a 100.000 €.
5ª Aquellos transportistas de tabaco que cambien de ruta a la previamente comunicada (por ejemplo, si por una riada cambian de carretera) y lo lleven a un nuevo destino, si no lo comunican a la Agencia Tributaria y ésta tiene CUATRO HORAS para autorizar el nuevo viaje y la Agencia lo detecta, otra sanción que va desde 10.000 a 100.000 €.
6ª El incumplimiento con carácter previo a la circulación, y en todo caso con una antelación mínima de veinticuatro horas, por parte de los cultivadores de tabaco que cambian de destino de establecimiento, si no obtienen una autorización de la Agencia Tributaria sanción de 50.000 €. Esto es para el caso que Cetarsa rechace una partida y el tabaquero se lo vuelve a llevar a su explotación y lo paren en el trayecto.
7ª La circulación de tabaco que no vaya acompañada del documento de circulación, o que esos documentos contengan datos falsos o incorrectos. Sanción de 20 € /kg con un mínimo de 5000 € y hasta 50.000 €.
Otras sanciones
En el proyecto de RD ser recogen sanciones graves como el comercio minorista de tabaco, cuya multa es de 20 € /kg con un mínimo de 5.000 €, y sanciones leves como, por ejemplo, que te pesen una caja y exceda en un 5% de lo declarado (lo que puede pasar porque haya perdido o cogido humedad, señalan desde ASAJA), con una sanción es de 10 €/kg con un mínimo de 2.500 €.
ASAJA Extremadura denuncia que esta otra nueva inscripción aporta más burocracia, cuando ya se está inscrito en el Registro de Agricultores de la Junta de Extremadura. Y otra duplicidad es que, además del documento de desplazamiento que actualmente exige la Junta de Extremadura, ahora hay que hacer otro previo para la Agencia Tributaria.
ASAJA Extremadura espera que el presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara pare este RD, que la organización califica de auténtico despropósito e invita a la Ministra de Hacienda a que visite una explotación tabaquera para que conozca la realidad del sector.
Estas gentuza no dejará piedra sobre piedra, destruirá todos los sectores de la economía (turismo, industria, construcción y ahora agricultura). Hagan memoria.
La política basura traerá consecuencias como en el pasado. Contra antes destrocen todo, antes pagarán sus fechorías