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Está aquí: Home / Agricultura / Arroz / La Generalitat Valeciana autoriza excepcionalmente la quema de la paja del arroz en la Albufera por razones fitosanitarias

           

La Generalitat Valeciana autoriza excepcionalmente la quema de la paja del arroz en la Albufera por razones fitosanitarias

05/10/2016

La Conselleria de Agricultura de la Comunidad Valenciana ha autorizado, con carácter extraordinario y únicamente por razones fitosanitarias, la quema de la paja del arroz en el entorno del Parque Natural de la Albufera.

El secretario autonómico de Medio Ambiente y Cambio Climático, Julià Álvaro, ha aclarado que «esta decisión se adopta porque no tenemos todavía alternativas viables que permitan la retirada de esos restos agrícolas de los cultivos del arroz, pero estamos trabajando con todo los actores implicados en esta materia para encontrar esas alternativas y evitar así que esta situación se repita el año que viene».

Tendrán que respetarse determinadas condiciones. A fin de evitar la producción de aguas anóxicas, la quema del rastrojo o paja de arroz deberá realizarse de forma que garantice su completa mineralización, por lo que ésta se efectuará durante el período necesario para ello. En aquellas parcelas colindantes o con una proximidad menor de 500 metros de terreno forestal, esta autorización será válida si, previamente a la quema, se ha limpiado de hierbas y matorral una faja de anchura suficiente, y no inferior en ningún caso a los dos metros alrededor de donde se quiere realizar la quema.

El fuego deberá quedar completamente extinguido antes de las 18.00 horas No se abandonará la vigilancia de la zona de quema hasta que el fuego esté totalmente apagado. La persona autorizada tomará todas las medidas complementarias que considere oportunas, y en todo momento será el responsable de cuantos daños pueda causar.

Prevención de incendios

Conforme al artículo 156 del Decreto 98/1995, en aquellas parcelas colindantes o con una proximidad menor de 500 metros de terreno forestal en los días y zonas en los que el índice de peligro de incendios sea extremo (nivel de preemergencia 3 por riesgo de incendios forestales) esta autorización quedará en suspenso.

Igualmente, y atendiendo a las posibles molestias a los residentes en las poblaciones vecinas a las zonas arroceras de la Albufera y a la seguridad del tráfico aéreo, esta autorización quedará en suspenso los días en que las condiciones meteorológicas así lo aconsejen. Para ello, diariamente se evaluarán las condiciones atmosféricas y meteorológicas en el entorno del lago de la Albufera, comunicando las condiciones previstas a los ayuntamientos y consejos agrarios de los términos municipales afectados, para su traslado a los interesados.

Localización y condiciones

Se podrá proceder así con la paja del arroz de los cultivos ubicados en los términos municipales de Albalat de la Ribera, Albal, Alfafar, Algemesí, Catarroja, Corbera, Cullera, Favara, Fortaleny, Llaurí, Massanassa, Polinyà del Xúquer, Riola, Sedaví, Silla, Sollana, Sueca y Valencia, hasta el 29 de octubre, desde las 13.00 horas hasta las 18.00 horas.

Los días con inversión térmica sólo se podrá quemar en la zona Sur del lago de la Albufera.

Las quemas se ordenan en los siguientes sectores y con estas condiciones:

– Sector Norte del lago de la Albufera: se podrá quemar los días con vientos de dirección comprendida entre el norte y el oeste (entre 270º y 360º), y cuya velocidad sea igual o inferior a 20 km/h.

– Sector Este del lago de la Albufera: se podrá quemar los días con vientos de dirección noreste y sureste (entre 45º y 135º), y cuya velocidad sea igual o inferior a 15 km/h.

– Sector Sur del lago de la Albufera, se podrá quemar con días con vientos de dirección norte y suroeste (entre 225º y 360º), y cuya velocidad sea igual o inferior a 15 km/h.

– Sector Oeste del lago de la Albufera, se podrá quemar con días con vientos de dirección noroeste y suroeste (entre 225º y 315º), y cuya velocidad sea igual o inferior a 20 km/h. Fuente: GVA

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