De hoy en seis meses todas las explotaciones ganaderas ubicadas en España tendrán que estar inscritas en el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA). Así lo establece el Real Decreto 479/2004, que acaba de ser publicado y que regula dicho registro. Tienen que estar incluidas las explotaciones de bovino, incluyendo búfalos y bisontes, las de porcino, ovino, caprino, équidos, incluyendo asnos, mulos y cebras, así como las avícolas, cunícolas y apícolas. Igualmente constarán en el Registro las explotaciones con especies peleteras como el visón, el zorro rojo, la nutria y la chinchilla, y las que tengan especies cinegéticas de caza mayor criadas, mantenidas o cebadas como animales de producción, como los corzos, ciervos, gamos y jabalíes.
Además, serán consideradas explotaciones, además de las de producción y reproducción, las de tratantes u operadores comerciales, las de ocio, enseñanza e investigación, los centros de concentración, los mataderos, las plazas de toros, los centros de inspección, los centros de cuarentena, los puntos de parada, los pastos y los centros de sacrificio domiciliario.
La nueva normativa establece la estructura y contenido de este Registro, determinando los datos básicos que hay que registrar de cada explotación, los requisitos para llevar a cabo el registro y las características del código de identificación que deberá asignarse a cada explotación. Este código identificará de forma única a cada explotación ganadera ubicada en España, con independencia de la especie o especies animales que albergue. Llevará las letras ES de España, dos dígitos para identificar la provincia, tres dígitos para el municipio y siete dígitos para identificar la explotación.
El REGA tendrá carácter público e informativo y contendrá los datos informatizados de los registros de explotaciones ganaderas de las Comunidades Autónomas. Las explotaciones en funcionamiento que no estén registradas o que lo estén pero con una información no actualizada contarán con seis a contar desde hoy para inscribirse o actualizar dicha información.
Como órgano de coordinación con las Comunidades Autónomas se ha creado un Comité nacional de coordinación de identificación del ganado y registro de explotación de las especies de interés ganadero, cuya misión será velar por el funcionamiento coordinado de los sistemas de identificación y registro en todo el territorio nacional, ocupándose igualmente de efectuar los estudios y asesoramientos necesarios para adaptar la normativa nacional a las necesidades que puedan plantearse.
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