El Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, a través de su Servicio de Consumo, ha abierto hasta el momento 13 expedientes sancionadores durante la campaña de control del etiquetado y calidad del espárrago, que ha llevado a cabo en los últimos meses y que se incluye dentro de las medidas tomadas por el Gobierno de Navarra para fomentar el espárrago incluido en la Denominación de Origen Navarra.
En concreto, estos 13 expedientes incoados conllevan una sanción económica total de 31.275 euros, sanción que se requiere a las marcas responsables (ya sea fabricantes o marquistas) y no a los establecimientos vendedores. La cantidad de latas de espárragos analizadas por el Servicio de Consumo en relación con los expedientes incoados es de 25, correspondientes a 14 marcas distintas, recogidas en 10 establecimientos de la Comunidad Foral.
El Servicio de Consumo aún tiene pendientes de incoar otros 8 expedientes, por lo que se estima que la cuantía económica de las sanciones superará los 40.000 euros. De estos ocho expedientes pendientes de incoar, dos se han iniciado como consecuencia de sendas comunicaciones realizadas por las comunidades autónomas de Galicia y Extremadura.
Las sanciones propuestas se han basado tanto en defectos del etiqueta (no indicar origen del producto o la identificación de la empresa), como por defectos en la calidad el producto (calibre, número de unidades, fibrosidad y turbidez).
Defectos de etiquetado
El hecho de no indicar el origen del producto en el mismo campo visual y con los mismos caracteres tipográficos que los utilizados en la identificación de la empresa la sanción propuesta es 1.200 euros.
Para el defecto consistente en no indicar el origen del producto mediante la leyenda reglamentaria se ha propuesto una sanción de 600 euros. Esta infracción es sancionada con menor cuantía que la anterior debido a que el origen del producto sí figura claramente, aunque no sea con la leyenda preceptiva.
Por no indicar en el mismo campo visual la identificación de la empresa, la cantidad neta y el marcado de fechas, se ha propuesto una sanción de 300 euros. Esta infracción es sancionada con una cuantía inferior que el resto de infracciones puesto que la campaña no estaba dirigida fundamentalmente a su control.
Defectos en la calidad del producto
Para los defectos de calibre se ha propuesto una sanción de 1.200 euros. Se ha tenido en consideración en algún expediente el escaso margen de error (un único espárrago defectuoso) para rebajar la sanción hasta los 900 euros. Por defectos en cuanto al número de unidades declaradas en el etiquetado la sanción propuesta es 1.200 euros.
Los defectos de consistente en contener una fibrosidad superior a la permitida por la normativa se han sancionado con 600 euros. Se ha tomado en consideración en un expediente el escaso margen de error (25% sobre el 20% permitido) para reducir la sanción hasta los 450 Euros. Por último, los defectos de turbidez se han sancionado con 300 euros.
En el caso de que en un mismo expediente se acumularan varias infracciones del mismo responsable realizadas sobre el mismo producto pero sobre envases de capacidades diferentes, se aumenta la cuantía de la sanción correspondiente en un 25% (ya que no se pueden sancionar individualmente todas las infracciones por tratarse de un mismo producto).
Fomento de la competitividad del espárrago de Navarra
La campaña de control del etiquetado se encuadra dentro de las medidas impulsadas por el Gobierno de Navarra para fomentar la competitividad del espárrago con Denominación de Origen Navarra, que se completan con impulso a la calidad y a la promoción del espárrago de Navarra, y la promoción de nuevas salidas comerciales.
El impulso a la competitividad se realiza a través del apoyo al Consejo Regulador, mediante la realización de campañas de promoción y asistencia a ferias. Además, la mejora de la calidad se articula con la participación del ITG Agrícola en la búsqueda y experimentación de variedades diferentes que se adapten a las nuevas necesidades comerciales, tales como precocidad, calibre alto, yema cerrada o productividad. Otras líneas de actuación son las recomendaciones y asesoramiento para la implantación de técnicas adecuadas de cultivo, y las ayudas a la producción integrada del cultivo del espárrago. Todo ello supone un valor añadido, ya que aporta un mayor control en la fase de producción que hace que las empresas de transformación puedan aplicar las normas de trazabilidad.
Cabe recordar que desde Navarra se impulsó la aprobación del Real Decreto 946/2003 sobre etiquetado del espárrago blanco envasado para su comercialización en España, que establece que los envases deberán llevar en la etiqueta con caracteres tipográficos iguales que los del nombre, la razón social o la denominación utilizados en la identificación de la empresa, y en el mismo campo y ángulo visual, la siguiente leyenda: en productos originarios de España la expresión “producto cultivado en” provincia o comunidad autónoma; en producto originario de Unión Europea la expresión “producto originario de” Estado miembro en el que se ha cultivado el producto; en productos originarios de países terceros la expresión “producto originario de” país tercero en el que se ha cultivado el producto.
Además, cuando el producto se haya envasado en España, en el envase deberá figurar el número de registro sanitario correspondiente a la fábrica en la que se haya elaborado el producto. Dicha indicación aparecerá troquelada si el envase es metálico, e impreso con tinta indeleble, antes de la esterilización, si es de vidrio.
Pamplona, 24 de septiembre de 2004
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