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COAG-IR considera que debería ampliarse el territorio amparado por las ayudas a las heladas

13/05/2005

COAG-IR recomienda a todos los agricultores con daños constatables por helada que presenten la correspondiente declaración aunque no estén en las zonas afectadas reconocidas inicialmente por el MAPA. También se recomienda presentar la declaración de daños a los viticultores con daños en sus viñas aunque este cultivo no esté expresamente amparado por la normativa.

El 6 de mayo pasado se publicaba en el Diario de Castilla-La Mancha la orden que regula para nuestra región la solicitud de las indemnizaciones destinadas a compensar las pérdidas provocadas por las heladas en cultivos o situaciones no cubiertas por los seguros agrarios y el reconocimiento del derecho a solicitar los préstamos a interés subvencionado.

En el primer caso (las indemnizaciones) se deberán presentar antes del 30 de mayo próximo una declaración indicando las parcelas en las que se considera que ha habido daños de helada. Una vez recibida la solicitud, la Consejería la cursará a ENESA.

Para los préstamos lo que se pide es el reconocimiento por parte de la Consejería de que se tiene derecho a suscribirlos. El plazo para esta solicitud finaliza el 10 de junio y se trata también de una declaración que en el caso del olivar debe incluir el número de olivos que han sufrido daños en madera y para los que es necesario replantar, podar por la base o por la cruz o hacer una poda parcial severa. En el caso de frutales y hortícolas que hayan sufrido también daños por los que deban ser sustituidos, la declaración debe recoger las parcelas y el tipo de daño.

Ambos modelos de solicitud se encuentran en la Orden de la Consejería de Agricultura publicada el viernes pasado.

En principio las ayudas (tanto indemnizaciones, como préstamos) se concederán sólo en las zonas afectadas reconocidas por la normativa publicada por el Ministerio de Agricultura (sólo la provincial de Albacete y algunos pueblos de Ciudad Real). No obstante, es bueno que todos los que se consideren afectados cumplimenten las declaraciones de daños porque en función de la valoración que se haga se podrían y deberían ampliar estas zonas. COAG-IR considera que si de las declaraciones que se presenten se deducen daños localizados en zonas fuera del ámbito inicialmente amparado por las ayudas a las Heladas, la Consejería de Agricultura debería promover ante el Ministerio de Agricultura la ampliación de los beneficios a dichas zonas.

También recomendamos que cumplimenten la declaración de daños correspondiente a la solicitud de reconocimiento de crédito quienes consideren que tienen daños en viña (en el mismo documento que si se tratase de una hortícola o una fruta); ya que, aunque la orden no hace referencia expresa a este cultivo, la Consejería está dispuesta a admitir las solicitudes si realmente hay daños.

Conviene comunicar que los cereales han alcanzado la floración antes de dejar pasar el ganado.

En otro orden de cosas, como una de las medidas contra la sequía ya aprobadas, se admite que tanto las tierras declaradas como “de retirada” y los cereales que hayan alcanzado la floración puedan ser pastoreados por el ganado. No obstante, para evitar problemas en la percepción de las ayudas, COAG-IR recomienda que ningún agricultor olvide hacer la correspondientes notificación a la Oficina Comarcal Agraria de su zona indicando que su cereal ya alcanzado la floración y que va a ser aprovechado por el ganado.

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