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La indicación geográfica “Viñedos de España” es conforme a la normativa comunitaria

27/06/2007

26 de junio de 2007. El MAPA ha contestado a la solicitud de información formulada por las autoridades de Bruselas señalando que la Indicación Geográfica “Viñedos de España” es conforme con la normativa comunitaria.

En este sentido, ha puesto en evidencia que el contenido del artículo 51 del Reglamento comunitario por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola únicamente requiere que la dimensión de una indicación geográfica debe ser inferior a la del territorio nacional en su conjunto.

Ello no presupone que no pueda emplearse la palabra “España” integrada en una referencia compleja como “Viñedos de España”, cuya delimitación geográfica cumple con la norma comunitaria en cuanto que su ámbito no abarca, ni mucho menos, el territorio nacional.

Por otra parte, esta indicación geográfica es semejante a otras de países comunitarios. Así, sucede con la indicación francesa “Vin du pays du Jardin de La France” o con la checa “Ceské zemské víno” ( vino checo de la tierra”, que se incluyen la lista de vinos de mesa con indicación geográfica europeos publicada por la Comisión. O, más recientemente, con la regulación efectuada por Francia de la indicación geográfica “Vignobles de France”.

La indicación geográfica “Viñedos de España” responde a una regulación demandada por las más importantes organizaciones bodegueras del sector y los territorios recogidos en la misma lo están por voluntad expresa de sus Administraciones Autonómicas.

Esta indicación geográfica establece los requisitos necesarios para que los vinos que se comercialicen ofrezcan suficientes garantías de calidad, entre los que destacan las pruebas organolépticas y físico-químicas y los procedimientos de control realizados por entidades de certificación, semejantes a los aplicados por las Comunidades Autónomas y, en especial, por la de Castilla-León para sus propios “vinos de la tierra”.

En consecuencia, la iniciativa “Viñedos de España” es una apuesta orientada a fomentar la exportación española hacía vinos con un nivel de calidad adecuada y con la presentación que demandan los mercados que no afectará de ningún modo a la imagen del conjunto de vinos nacionales ni a las Denominaciones de Origen establecidas.

Además, el MAPA quiere recordar que durante todo el proceso de elaboración de esta normativa se buscó el consenso con las Administraciones Autonómicas y con las organizaciones sectoriales representativas, con la finalidad de ofrecer al sector un instrumento adicional para competir de forma eficaz frente a los denominadas “nuevos países productores”. En concreto, de cara a determinados mercados de exportación en los que es especialmente importante la comunicación hacia el consumidor basada en el binomio “añada-variedad”.

El reconocimiento de la indicación geográfica “Viñedos de España” está amparado por una Orden Ministerial para los vinos de mesa con derecho a la mención tradicional” vino de la tierra” producidos en determinadas zonas geográficas de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Illes Balears, Canarias, Castilla-La Mancha, Catalunya, Extremadura, Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra y Comunidad Valenciana.

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