La normativa comunitaria vigente hasta ahora establece que a partir de mediados de diciembre de 2009, solo podrán utilizarse para el consumo humano directo como huevos de mesa, los procedentes de manadas comerciales de gallinas ponedoras que hayan sido sometidas a un programa nacional de control de Salmonella y otros agentes zoonóticos y que no estén sujetas a restricciones oficiales. Sin embargo, dado que un estudio comunitario ha puesto de manifiesto una elevada prevalencia de Salmonella Enteritidis y Salmonella Typhimurium en manadas de gallinas ponedoras de los Estados miembros, la Comisión Europea ha decidido adelantar la mencionada fecha.
La nueva fecha establecida será el 1 de enero de 2009 (Reglamento 1237/2007). Además, a partir del 1 de noviembre próximo, se prohibirá el uso de los huevos mesa para consumo humano directo de la manada de gallinas ponedoras que sea identificada mediante una investigación epidemiológica, como la fuente de infección de seres humanos por el consumo de huevos u ovoproductos.
Además, el nuevo reglamento establece que los huevos procedentes de manadas cuya situación sanitaria se desconozca o de las que se sospeche que están infectadas, o los procedentes de manadas infectadas con serotipos de Salmonella para los que se haya fijado un objetivo de reducción o que hayan sido identificados como la fuente de infección en un brote humano específico de origen alimentario, serán considerados huevos de clase B, estarán identificados de forma que se distingan claramente de los huevos de la clase A antes de su comercialización y no podrán acceder a centros de embalado, salvo excepciones.
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