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Competencia sanciona a FIAB y a otras ocho asociaciones del sector de la alimentación

16/10/2009

El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia ha resuelto el expediente instruido por la Dirección de Investigación contra varias asociaciones empresariales del sector de la alimentación, concluyendo que estas asociaciones son responsables de una estrategia de recomendación colectiva prohibida por el artículo 1.1.a) de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC).

Este expediente tiene su origen en diversas notas de prensa que en los meses de julio, agosto y septiembre de 2007 publicaron varias asociaciones del sector de la alimentación supuestamente con el fin de alertar a la opinión pública sobre el incremento del coste de determinadas materias primas. En todas las notas se cuantificaban estos incrementos, se subrayaba su carácter estructural y se expresaba de forma más o menos explícita la idea de que ello iba a tener un impacto sobre el precio final de los alimentos.

Varias de estas asociaciones estaban gestionadas por una misma entidad, BONMACOR GESTION DE ASOCIACIONES. En vista de ello, la Dirección de Investigación realizó una inspección en esta entidad, así como en la sede de la
Confederación Española de Organizaciones de Panadería (CEOPAN). La información obtenida en estas inspecciones llevó a incoar un expediente sancionador contra nueve asociaciones del sector, entre ellas la Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB) y CEOPAN. La instrucción realizada por la Dirección de Investigación ha revelado que estas asociaciones llevaron a cabo una estrategia de comunicación e intercambio de información entre ellas para la elaboración y difusión de notas de prensa.

El Consejo considera que la actuación de las asociaciones debe calificarse de estrategia de recomendación colectiva ilícita según la LDC. El contenido, el lenguaje y la difusión de las notas de prensa contribuían a transmitir el mensaje de que era inevitable la traslación de los incrementos de costes a precios finales, lo que constituía una señal para que las empresas actuaran en un mismo sentido y para predisponer a 1?los consumidores a aceptar los incrementos de precio. La comunicación entre asociaciones contribuyó a que unas tuvieran en cuenta las notas de las otras, a que se coordinaran los mensajes y a potenciar la difusión de los mismos, fortaleciendo la aptitud de la conducta para distorsionar la competencia.

En consecuencia, el Consejo de la CNC ha considerado las recomendaciones colectivas mencionadas como conductas objetivamente restrictivas de la competencia, con aptitud para distorsionar las condiciones competitivas del mercado, y acreditada la existencia de sendas infracciones del artículo 1 de la LDC y ha decidido imponer las siguientes sanciones:

-FIAB: 500.000 €

-CEOPAN: 270.000 €

-Federación Española de Asociaciones del Dulce (FEAD): 300.000 €

-Asociación Española de Fabricantes de Helados (AEFH): 45.000 €

-Asociación Española de Fabricantes de Chocolates y Derivados del Cacao (CHOCAO): 45.000 €

-Asociación Española de Panificación y Pastelería de Marca (PPM): 45.000 €

-Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias (AEFPA): 52.000 €

-Asociación Española de Fabricantes de Salsas y Condimentos Preparados (AEFSyCP): 37.000 €

-Asociación de Fabricantes de Harinas y Sémolas de España (AFHSE): 15.000€

El Consejo recuerda en su Resolución que tanto las Asociaciones como los cargos directivos que las representan tienen que ser conscientes en materia de comunicación pública de que sus mensajes pueden transgredir el ámbito de lo lícito si son aptos para unificar el comportamiento de sus asociados y el de otros terceros, alterando el normal
funcionamiento del mercado.

Recientemente la CNC ha sancionado también a otras dos asociaciones del sector de la alimentación, a la Organización interprofesional del Huevo y sus productos (INPROVO) y a la Organización Interprofesional de Avicultura de carne de pollo (PROPOLLO) con 100.000 y 200.000 euros, respectivamente, por las declaraciones y
notas de prensa.

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