El Departamento de Agricultura de Cataluña publicó ayer en su Diario Oficial (DOGC), la Orden por la que se reconocen con carácter definitivo el Consejo Regulador provisional y el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Mongeta del Ganxet.
La zona de producción de la DOP Mongeta del Ganxet abarca todos los municipios de las comarcas del Vallès Occidental y Vallès Oriental, así como los municipios de Malgrat de Mar, Palafolls, Tordera, San Cebrià de Vallalta, Sant Iscle de Vallalta, Arenys de Munt, Dosrius, Argentona y Òrrius de la comarca del Maresme y los municipios de Blanes, Fogars de Tordera, Maçanet de la Selva y Hostalric de la comarca de La Selva.
Con esta DOP se protege la judía (Phaseolus vulgaris L.) del tipo variedad «Ganxet», comercializada como legumbre seca o cocinada y en conserva. Estas judías presentan un grano blanco ligeramente brillante, aplanado y fuertemente arriñonado, con un grado de gancho de entre 2 y 3 en una escala de curvatura de 0 a 3, y con un peso medio de entre 40 a 50 g por cada 100 entonces.
Para la elaboración de conservas sólo podrán utilizarse las Mongetas, agua y sal, no estando permitido la utilización de ningún aditivo ni conservante. Una vez cocida la Mongeta presenta una piel ligeramente rugosa y muy poco perceptible, con una persistente cremosidad y un sabor extremadamente suave.
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