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El MAGRAMA reitera que las ayudas directas de la PAC que llegarán a España serán las mismas que en el periodo actual

10/03/2014

Pagina nueva 1

El Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente niega las manifestaciones
procedentes de algunas organizaciones agrarias y algunas comunidades
autónomas de las que se han hecho eco los medios de comunicación, en
relación con la Resolución del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), de
13 de febrero de 2014, por la que se establecen, para el año 2014, las
dotaciones financieras de los regímenes de ayuda directa a los agricultores
en el marco de la reforma de la Política Agrícola Común (PAC).

 

De esta forma, este
Departamento subraya que el volumen de ayudas directas que llegará a España
en el periodo 2014-2020 será el mismo que en el periodo actual 2007-2013.

 

En concreto, el Marco
Financiero Plurianual 2014 – 2020 prevé una asignación en concepto de ayudas
directas para España de 35.705,1 millones de € de acuerdo con el siguiente
desglose anual (millones de €; las cifras incluyen POSEI y algodón).

 

 

2014

2015

2016

2017

2018

2019

2020

Total

5.083,5

5.075,9

5.084,9

5.093,9

5.108,9

5.122,3

5.135,7

35.705,1

 

Asimismo, la cantidad total
para el conjunto del período financiero es una cifra muy similar a los pagos
recibidos durante el período 2007 – 2013, que ascienden a 35.618,5 millones de 
€, con una media anual de importes de 5.090,1 millones de €, mientras que en el
período 2014 – 2020 la media anual será de 5.100,7 millones de €.

 

Las dotaciones financieras
establecidas en la Resolución del FEGA para las solicitudes de ayuda de 2014, no
influyen por tanto en lo que respecta a este balance, pues no afecta a los
importes netos de ayudas directas que recibirá España.

 

Asimismo, el mecanismo de
modulación de las ayudas directas desaparece en 2014, sin que exista un
mecanismo equivalente.

La modulación ha sido el
mecanismo mediante el cual, durante el período 2007 – 2013 se han articulado las
transferencias financieras del primer pilar (ayudas directas) al segundo pilar
de la PAC (Desarrollo Rural). Estas transferencias dejan de producirse a partir
de las solicitudes de ayuda correspondientes al año 2014.

 

Para estas ayudas, el
reglamento de transición no prevé un mecanismo con un efecto equivalente al de
la modulación, sino que establece que los importes de ayuda solicitados por los
beneficiarios deben adecuarse a los importes netos asignados a cada Estado
miembro. Además, el reglamento de transición fija que este ajuste debe
realizarse antes de que los beneficiarios presenten sus solicitudes de ayuda.

 

Además, para evitar
tratamientos discriminatorios y en consonancia con la nueva orientación de la
Reforma de la PAC hacia los agricultores activos, el ajuste del Pago Único (8,64
%) se ha aplicado linealmente a todos los beneficiarios.

 

En este sentido, el
reglamento de transición permitía a los Estados miembros, como opción, aplicar
el ajuste de las ayudas directas de 2014 a los beneficiarios que recibieran un
importe de ayuda superior a 5.000 €. España ha optado por no aplicar este umbral
a la hora de realizar el ajuste por las siguientes razones:

 

1.      Por una parte, al
contrario de lo que ocurría con la modulación, este umbral no es una franquicia,
es decir, el ajuste se realizaría sobre todo el importe de pago único que cobran
los beneficiarios que reciben más de 5.000 €. Por ejemplo con la modulación, un
agricultor que cobraba 5.025 €, se le aplicaba la modulación sobre 25 €,
mientras que ahora se le aplicaría el ajuste sobre los 5.025 €; otro ejemplo más
evidente, es el de un beneficiario que cobre 4.999 €, que quedaría totalmente
exento, mientras que otro que cobrara 5.001 € se le aplicaría el ajuste por toda
la cantidad.

 

2.      Por otra parte, el
reglamento de transición sólo prevé que se pueda aplicar el umbral de 5.000 € al
pago único, es decir, para las ayudas acopladas no hay opción y el ajuste debe
ser lineal. Esta es otra razón adicional para aplicar el ajuste de forma lineal
a todos los pagos como se ha hecho, pues de otro modo, el trato entre
beneficiarios hubiera sido discriminatorio.

 

3.      Como consecuencia de
lo anterior, de haber aplicado el umbral de 5.000 €, los beneficiarios que
solicitan ayudas por encima de esta cantidad, habrían sufrido un ajuste muy
superior al que ahora les supone la modulación, siendo precisamente estos
beneficiarios los que tienen en la agricultura y la ganadería su principal medio
de vida. De haberse aplicado el umbral, todo el esfuerzo hubiera recaído sobre
estos agricultores, dejando exentos a aquéllos para los que la agricultura o
ganadería sólo es un complemento de su renta.

 

4.      Otra razón adicional
es que, entre los beneficiarios que cobran menos de 5.000 €, la mayoría se
encuentran en el estrato de los que cobran menos de 1.250 € al año,
beneficiarios que podrán acogerse al Régimen de Pequeños Agricultores a partir
de 2015. En el marco de este régimen, estos beneficiarios recibirán un
tratamiento muy favorable, ya que no estarán sujetos a  variación o
convergencia. Asimismo, no estarán sometidos al control de agricultor activo,
condicionalidad y a los requisitos del Pago Verde.

 

Por lo tanto, las nuevas
dotaciones financieras para las ayudas directas de 2014, tienen el efecto
equivalente a la modulación, si bien se aplica sobre todos los beneficiarios
linealmente, con el objeto de evitar tratamientos discriminatorios y, en
consonancia con la nueva orientación de las ayudas de la PAC hacia la
agricultura más activa y profesional, apoyada por las organizaciones agrarias y
las comunidades autónomas.

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