La conselleira del Medio Rural de Galicia, Rosa Quintana, presidió el viernes en Santiago la reunión del Consejo Agrario Gallego, donde se evaluaron dos decretos -actualmente en fase de tramitación- que regularán la gestión de las deyecciones ganaderas y de los subproductos animales. Rosa Quintana destacó que el primero de ellos buscará optimizar el empleo de los fertilizantes de origen orgánico en el campo gallego.
De este modo, el borrador de decreto de deyecciones ganaderas regula cuestiones como su aplicación, almacenaje y transporte para conseguir la merma de riesgos de contaminación de las aguas y la merma de las molestias ocasionadas por el uso indiscriminado de las deyecciones ganaderas.
La máxima de esta norma es que la puesta de estos productos sobre el terreno agrícola se realice únicamente con fines de fertilización, para lo cual se establece que la cantidad que se utilizará no excederá de las necesidades del cultivo existente o del cultivo futuro y el momento de aplicación será el excelente para el cultivo existente o para el cultivo futuro.
Entre otros aspectos concretos que regula el futuro decreto están las normas generales sobre la producción y gestión de estiércoles, los procedimientos permitidos para su gestión y el formato y la documentación del Plan de gestión de deyecciones ganaderas. También, la capacidad de almacenamiento de las deyecciones ganaderas sólidas o líquidas, que será, como mínimo, la correspondiente a 6 meses de producción. En determinados casos, y se existen sistemas complementarios de gestión, la capacidad mínima de almacenamiento podrá reducirse a la producción de 3 meses (abono) o de 4 meses (purín).
Asimismo, la conselleira destacó que esta norma regula las condiciones del transporte de las deyecciones, el régimen sancionador y que incorpora varios anexos que sirven para poder realizar el cálculo de la cantidad máxima de deyecciones de acuerdo con las necesidades de los cultivos por ha de superficie agraria útil o para presentar un formato del Plan de gestión de deyecciones ganaderas. También, para establecer distancias mínimas a determinados elementos, en relación con las condiciones de aplicación de las deyecciones.
En el que alcanza al decreto sobre subprodutos animales no destinados a consumo humano (llamados Sandach), la titular de Medio Rural y del Mar explicó que su principal objetivo es flexibilizar las condiciones de su gestión y eliminación, siempre respetando la salud pública y el medio ambiente, pero favoreciendo, al tiempo, una mayor eficiencia productiva de determinadas explotaciones. Además, esta norma regula la posibilidad de dar a los cadáveres de los animales de compañía un tratamiento acorde con los lazos afectivos que muchos dueños establecen con ellos, regulando su enterramiento.
Este decreto tiene por objeto autorizar y regular la gestión alternativa de determinados Sandach, a través de varias vías. Por un lado, autorizando unas prácticas más racionales en determinadas explotaciones ganaderas equinas y apícolas que contribuyan a su viabilidad económica. Por otra parte, permitiendo una eliminación natural de animales que mueren en los pastos de explotaciones equinas extensivas en libertad y por último regulando las condiciones de enterramiento de los cadáveres de los animales de compañía. Fuente: XUnta
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