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Creada la Comisión de Gestión Técnica de la transferencia de agua de 4,99 hectómetros cúbicos por año desde la demarcación del Tinto, Odiel y Piedras a la del Guadalquivir

26/01/2016

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha creado una Comisión Mixta de Gestión Técnica para concretar el alcance y las condiciones de la transferencia anual de agua de hasta 4,99 hectómetros cúbicos desde la demarcación hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras a la demarcación hidrográfica del Guadalquivir.

Esta Comisión Mixta de Gestión Técnica, aprobada mediante Orden Ministerial publicada en el Boletín Oficial del Estado, será de carácter paritario, y estará constituida por miembros y representantes de la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la que tendrán participación los usuarios de la cuenca cedente y de la receptora.

La función principal de esta Comisión Mixta, adscrita al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a través de la Dirección General del Agua, será realizar el seguimiento y control anual de esta transferencia, autorizada en 2008.

La Comisión Mixta de Gestión Técnica adoptará decisiones sobre los volúmenes de agua a transferir, en función de las cambiantes circunstancias hidrológicas de ambas demarcaciones, y la posterior utilización de los mismos para atender, con carácter prioritario, las necesidades de abastecimiento de la Comarca del Condado de Huelva, y complementariamente las explotaciones de regadío en las que los caudales transferidos se destinen a sustituir las extracciones de agua subterránea para riego en la masa de agua subterránea Almonte-Marismas.

La Comisión también emitirá informes sobre la utilización de los volúmenes de agua transferidos y su destino; conocerá los cánones, tarifas y gravámenes aplicables a los usuarios de la transferencia de recursos hídricos; y redactará las normas de explotación del trasvase.

CONDICIONES DE GESTIÓN APROBADAS EL PASADO MES DE MAYO

El Consejo de Ministros del pasado 22 de mayo determinó las condiciones de gestión de esta transferencia, estableciendo los volúmenes máximos anuales a trasvasar, su destino, la vigencia de la transferencia y su sujeción al principio de recuperación de costes de acuerdo con la normativa comunitaria y con los principios de la Ley de Aguas.

El citado acuerdo establecía que el volumen máximo anual transferido no podría ser superior a 4,99 hectómetros cúbicos, que el volumen total trasvasado cada año hidrológico a la Demarcación del Guadalquivir sería atendido con recursos de la Demarcación del Tinto, Odiel y Piedras procedentes de cualquier origen del sistema Huelva, y que se garantizarían las propias necesidades internas de la cuenca cedente conforme a las determinaciones de la planificación especial de sequía y las condiciones hidrológicas existentes, y de acuerdo con su Plan Hidrológico.

Tras la aprobación del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras, la transferencia de 4,99 hm³/año cuenta con recursos asignados con carácter permanente, tanto en el horizonte 2015 como en el 2027.

TRANSFERENCIA DESDE 2008

El 15 de febrero de 2008 el Consejo de Ministros autorizó una transferencia de 4,99 hectómetros cúbicos de agua desde la entonces cuenca Atlántica Andaluza -actualmente Tinto, Odiel y Piedras- a la cuenca del Guadalquivir, según lo previsto en el Plan Hidrológico Nacional.

En el citado acuerdo se indicaba que la aportación de 4,99 hm³ pretendía contribuir a asegurar el abastecimiento de los pueblos de la Comarca del Condado de Huelva, cuyo suministro a partir del embalse de Corumbel contaba con escasa garantía, indicándose también que este volumen adicional permitiría la recuperación de los acuíferos de la zona, contribuyendo al equilibrio hídrico del entorno del Parque Nacional de Doñana.

En mayo de 2013 la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Junta de Andalucía solicitó a la Dirección General del Agua del Ministerio que se llevasen a cabo las actuaciones necesarias para la constitución de un órgano bilateral que se ocupara del desempeño de las funciones necesarias para hacer efectivo el citado trasvase anual.

Con esta Orden Ministerial se culmina el trabajo desarrollado conjuntamente por la administración hidráulica andaluza y por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para dotar de seguridad jurídica la transferencia.

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