Hoy
lunes, 1 de febrero, se inicia la campaña de solicitud de ayudas de la PAC para
2016, que permitirá a cerca de 844.000 productores presentar, hasta el 30 de
abril, la solicitud única de las ayudas directas de la Política Agrícola Común
(PAC). El importe total de las mismas asciende a 4.911 millones de euros, que se
podrán abonar en forma de anticipos a partir del 16 de octubre y el saldo a
partir del 1 de diciembre.
Mediante la solicitud única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de
una sola vez. Conviene destacar la importancia de cumplimentar correctamente la
solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles penalizaciones o incluso
la no percepción de las ayudas por una mala declaración, o una presentación
fuera de plazo.
Igual que en campañas anteriores, la solicitud única debe dirigirse a la
autoridad competente de la Comunidad Autónoma en la que radique la explotación o
la mayor parte de la superficie de la misma y en caso de no disponer de
superficie, se presentará en la Comunidad Autónoma en la que se encuentre el
mayor número de animales.
Las
ayudas directas que se pueden solicitar se recogen en el Real Decreto aprobado a
finales de 2014 sobre la aplicación, a partir de dicho año, de los pagos
directos a la agricultura y a la ganadería, modificado el 30 de diciembre de
2015. En estas normas se describen los requisitos necesarios para poder optar a
cada ayuda y la información mínima que debe contener la solicitud única. Las
ayudas que se pueden solicitar en 2016 son las siguientes:
1. 1.
Regímenes de ayuda comunitarios.
–
Pago
básico a los agricultores ("régimen de pago básico");
–
Pago
para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el
clima y el medio ambiente (“pago verde”);
–
Pago
complementario para los jóvenes agricultores que comiencen su actividad
agrícola.
–
Pago
del régimen para los pequeños agricultores
2.2.
Regímenes específicos de ayudas por superficie:
–
Pago
específico al cultivo del algodón.
3.
Regímenes de ayuda asociada voluntaria, en aplicación del artículo 52 del
Reglamento (UE) 1307/2013.
–
Ayuda asociada al cultivo del arroz
–
Ayuda asociada a los cultivos proteicos
–
Ayuda asociada a los frutos de cáscara y las algarrobas
–
Ayuda asociada a las legumbres de calidad
–
Ayuda asociada a la remolacha azucarera
–
Ayuda asociada al tomate para industria
–
Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas
–
Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo.
–
Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche.
–
Ayuda asociada para las explotaciones de ovino.
–
Ayuda asociada para las explotaciones de caprino.
–
Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de leche que mantuvieron derechos
especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación d
derechos de pago básico.
–
Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de cebo que mantuvieron derechos
especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de
derechos de pago básico.
–
Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos
especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de
derechos de pago básico.
REQUISITOS
En
esta campaña, al igual que ya sucedió en 2015, para poder cobrar las ayudas, se
exigirá el cumplimiento de la figura del agricultor activo, es decir, que el que
perciba las ayudas realmente asuma el riesgo empresarial de su explotación Para
ello se deberá permitir a la autoridad competente consultar los datos fiscales
del beneficiario, indicándolo así en la propia solicitud, o bien presentando los
datos que requiera la administración para que se pueda verificar dicho
cumplimiento.
Igual que el año anterior, en el mismo plazo de presentación de la solicitud
única se debe presentar, si procede, la solicitud de derechos para la Reserva
Nacional de Pago Básico. Esta solicitud está orientada fundamentalmente hacia
los jóvenes agricultores y hacia aquellos productores que se incorporan a la
actividad agraria y que cuentan con una formación y capacitación adecuada en el
ámbito agrario.
También cabe destacar que este es el primer año en el que los titulares a los
que se les haya comunicado en 2015 que pertenecen al régimen de pequeños
agricultores, al percibir menos de 1.250 €, deberán solicitar, cuando presenten
su solicitud única, su ratificación de participación en dicho régimen y en base
a la misma únicamente se les exigirá, para poder cobrar la ayuda, que mantengan
al menos el mismo número de hectáreas que el número de derechos de pago básico
que se les hayan asignado en la campaña 2015.
Los
participantes en este régimen cuentan con numerosas ventajas en cuanto a la
simplificación de los trámites necesarios para poder cobrar las ayudas de la
PAC.
Para facilitar la cumplimentación de la solicitud única y teniendo en cuenta que
se deben declarar, de acuerdo con el Sistema de Información Geográfica de
Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), todas las parcelas agrícolas de
la explotación, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente pone
la información necesaria a disposición de los solicitantes mediante el acceso al
SIGPAC a través de su página Web (www.magrama.es),
de la Web del FEGA (www.fega.es)
o de las Comunidades autónomas.
En
el caso de que el SIGPAC no refleje la situación real de las parcelas y si se
observa que los recintos no están correctamente delimitados, o si se ha cambiado
el uso de algún recinto, el productor lo notificará a la Administración a través
de la oportuna alegación. Un recinto cuya delimitación, u otra información
registrada en el SIGPAC no sea veraz y coincidente con la realidad, puede dar
lugar a una reducción de las ayudas solicitadas, especialmente si incluye
elementos que no son subvencionables.
En
el año 2015 presentaron la solicitud única un total de 844.009 productores.
CESIONES DE DERECHOS DE PAGO BÁSICO
El
plazo para la comunicación a la administración de las cesiones de derechos de
pago básico entre particulares se iniciará el mismo día 1 de febrero y se podrán
comunicar hasta el 30 de abril próximo, fecha de finalización del plazo de
solicitud única de la campaña.
En
estos momentos los agricultores ya conocen sus derechos provisionales de pago
básico y podrán realizar la cesión de los mismos a partir del próximo lunes,
utilizando para ello los códigos de dichos derechos provisionales. En la segunda
quincena del mes de marzo se comunicarán a todos los beneficiarios sus derechos
definitivos.
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