El Departamento de Agricultura de Cataluña levanta las restricciones relativas al movimiento de aves vivas y de productos avícolas que se establecieron en la zona restringida, en un radio de 10 km alrededor de las explotaciones afectadas, a raíz de la detección de dos focos de influenza aviar de alta patogenicidad declarados (Plan de Urgell).
Las restricciones quedan sin efecto en los siguientes municipios: Linyola, La Fuliola, Tornabous, San Martín de Riucorb, Arbeca, Miralcamp, Mollerussa, El Poal, Vila-sana, Ivars de Urgell, Barbens, Anglesola, Almadraba de Seana, Golmés, Bellpuig, Preixana y Bell.

Transcurridos 30 días desde la finalización de las operaciones de limpieza y desinfección preliminares de las explotaciones afectadas, y sin que se haya detectado ningún otro foco en aves de corral dentro de la zona restringida, el Departamento de Agricultura procede a levantar las medidas de salvaguarda, de acuerdo con lo que establece la normativa vigente.
No obstante, dado el alto riesgo de contagio de las aves de corral a partir de aves salvajes, se mantienen vigentes determinadas medidas de carácter general, tales como la prohibición de la presencia de aves de corral y cautivas en espacios donde se realicen concentraciones de aves (ferias, certámenes, exhibiciones, etc.) o la prohibición de criar en criar. Estas medidas son actualmente de aplicación en todo el Estado español por orden ministerial.
Las explotaciones avícolas donde se detectaron los focos de influenza aviar, una vez completadas las operaciones de limpieza y desinfección finales y garantizada la ausencia del virus, mediante la introducción de un número reducido de aves centinela para verificar que no existe circulación viral, podrán restablecer su actividad con normalidad.




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