La firma del acuerdo UE–Mercosur prevista para el 17 de enero en Asunción llega con una polémica muy concreta: si el pacto incluye o no las cláusulas de salvaguardia que la UE presenta como “freno de emergencia” para el sector agrario. La discusión se ha disparado tras las declaraciones del canciller paraguayo y presidente pro tempore de Mercosur, Rubén Ramírez Lezcano, que ha convertido ese punto en un mensaje político antes de la rúbrica.

En esa misma intervención, además, situó el foco en los productos que, a su juicio, ganan acceso al mercado comunitario y que entrarían en competencia directa con producciones europeas, con referencias a mercancías agroalimentarias como la carne de porcino y el azúcar.
Durante una rueda de prensa aseguró que: “las medidas de salvaguardia… no forman parte del acuerdo”. Con esa formulación, Ramírez Lezcano sostiene que, tal y como Mercosur da por cerrado el texto, ese “freno” europeo «no está dentro del acuerdo suscrito en Montevideo el año pasado».
La segunda parte de su argumentación apunta al terreno en el que se dirimiría un choque si Bruselas intenta activar ese mecanismo: si esas cláusulas se aplican, “el instrumento” incluiría “herramientas para solución de diferencias”. En otras palabras, Mercosur deja caer que, aunque la UE pueda actuar en su frontera, la disputa no terminaría en el momento de la activación, sino que podría trasladarse después a un conflicto formal dentro del marco del propio acuerdo para cuestionar si esa activación encaja o no con lo pactado.
Esa lectura difiere del encuadre que hace Bruselas. El Consejo de la UE ha explicado que Consejo y Parlamento han alcanzado un acuerdo provisional sobre un reglamento que “implementa la cláusula bilateral de salvaguardia” del Acuerdo de Asociación y del Acuerdo Interino UE–Mercosur para productos agrícolas, con el objetivo de que esas medidas puedan aplicarse “rápida y eficazmente” si las importaciones causan o amenazan con causar “perjuicio grave” a los productores europeos.
En esa misma línea, el Parlamento Europeo ha insistido en que esas “cláusulas bilaterales de salvaguardia” están previstas en ambos instrumentos y que su regulación busca definir cómo se suspenderían temporalmente preferencias arancelarias en productos sensibles si se detectan daños en el mercado comunitario.





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