El Departamento de Agricultura de la Generalitat de Cataluña ha emitido una nota sobre la aplicación del Reglamento (CE) 1/2005 en relación con el transporte de terneros no destetados, tras detectar diversas incidencias durante controles fronterizos. Las nuevas medidas, que buscan reforzar el bienestar animal en los desplazamientos, se han consensuado con la CETM Animales Vivos.
Entre las principales exigencias destaca la obligatoriedad de disponer de una escalera en los viajes de larga duración (más de 8 horas), mientras que para trayectos más cortos (menos de 8 horas), la medida será de carácter recomendable, gracias a la interlocución de la CETM con la administración.
Asimismo, solo podrán transportar terneros no destetados aquellos vehículos que cuenten con un sistema adecuado de abrevado. Se recuerda que la autorización administrativa para este tipo de transporte no exime del cumplimiento de los requisitos técnicos recogidos en el Reglamento. En caso de detectarse un transporte sin el equipamiento necesario para abrevar, se concederá un plazo de 10 días para presentar un cronograma con las medidas correctoras y los plazos de ejecución.
Algunos asociados ya han comenzado a adaptar sus carrocerías a estas exigencias con el asesoramiento técnico de CETM Animales Vivos, que continúa informando puntualmente al sector sobre los cambios normativos y las condiciones que rigen el transporte de animales vivos, alimentación animal y SANDACH.
Estas medidas pretenden garantizar el cumplimiento de las normas europeas y las buenas prácticas en materia de bienestar animal, reforzando la seguridad durante el transporte de esta categoría especialmente sensible.
Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.