El Consejo de Ministros aprobó a finales de diciembre, a propuesta del Ministerio de Agricultura, un real decreto que modifica distintas disposiciones sobre la actividad ganadera (Real Decreto 1307/2024). Introduce modificaciones en la regulación sobre el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad, con el fin de introducir las mencionadas medidas de flexibilización, en algunos casos, o en aras de la claridad y con el propósito de mejorar su eficacia y mantener la coherencia con el marco europeo y con la normativa nacional correspondiente, entre otros.
La introducción de la identificación electrónica en el bovino se aplaza hasta el 25 de junio de 2025, al objeto de que los ganaderos tengan tiempo suficiente para la adaptación a este sistema. Todos los animales nacidos a partir de esa fecha deberán tener la identificación electrónica.
También se aplaza, en este caso hasta el 1 de junio de 2025, la obligatoriedad de que las explotaciones ganaderas comerciales dispongan de un plan sanitario integral. Además, la figura del veterinario de explotación tendrá carácter voluntario, aunque se mantiene la obligatoriedad de las visitas zoosanitarias obligatorias.
El real decreto clarifica distintos aspectos relativos a la movilidad de los animales en las explotaciones y el acceso a un ambiente exterior.
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