El Gobierno Vasco ha publicado recientemente el decreto que regula las condiciones higiénico- sanitarias, de trazabilidad, etiquetado y publicidad de los productos alimenticios comercializados mediante venta de proximidad, señalan desde UAGA.
Se entiende la venta de proximidad como la venta directa de persona productora a consumidora, en el lugar donde se produce, ferias o a distancia, siempre que sea gestionada telefónica o telemáticamente y el producto sea entregado en un lugar acordado.
La nueva norma redefine el concepto de venta en circuito corto, estableciendo como requisito que como máximo exista un intermediario entre persona productora y consumidora. También incluye los requisitos necesarios para este tipo de venta en materia higiénico-sanitaria, etiquetado e información, control, infracciones y sanciones.
Asimismo, recoge los requisitos específicos para venta de proximidad de setas así como la producción primaria y venta directa de huevos.
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