La Consejería de Desarrollo Rural del Gobierno de Navarra ha aprobado las ayudas a inversiones en equipamiento de riego para explotaciones agrarias en la zona de actuación del Canal de Navarra, con un gasto de 2.000.000 de euros con cargo al ejercicio de 2023.
Estas subvenciones están incluidas en la medida de “Inversiones en explotaciones agrarias” del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020 y cofinanciadas a través del Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural (FEADER). El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 6 de septiembre.
El objetivo de estas ayudas es mejorar el rendimiento global de las explotaciones agrícolas y favorecer su sostenibilidad, a través de medidas de apoyo a la inversión en activos físicos, así como el establecimiento de profesionales de la agricultura cualificados en explotaciones de carácter familiar suficientemente dimensionadas, viables y sostenibles.
En concreto, se busca incrementar el rendimiento económico y físico de la explotación y la calidad de sus producciones, la mejora de la eficiencia en el uso del agua y la energía, la adopción de técnicas innovadoras, el mantenimiento y creación de empleo en el sector agrario y el impulso de la diversificación de las actividades agrarias.
Las ayudas están dirigidas a personas físicas o jurídicas que realicen las inversiones en Navarra y que sean titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra, salvo que se trate de jóvenes agricultores y agricultoras que soliciten simultáneamente una ayuda para su instalación en la convocatoria de ayudas a la primera instalación de “jóvenes agricultores” del ejercicio de que se trate, o que tengan concedidas estas ayudas en alguna de las dos convocatorias anteriores, así como las sociedades compuestas exclusivamente por jóvenes en esas situaciones.
Junto con la solicitud de ayudas, los y las solicitantes deberán incluir un plan de inversiones que acredite la viabilidad económica de la explotación y que recoja el incremento del rendimiento global de la explotación.
Puesta en riego ordenada
Los procesos de modernización y de transformación en regadío en Navarra están directamente vinculados al desarrollo de las obras de la ampliación de la primera fase del Canal de Navarra. Las inversiones en explotaciones se van a concentrar en tres o cuatro ejercicios, y van a estar condicionadas por las fechas de puesta en riego de los distintos sectores.
Por ello, se hace necesario regular, mediante una convocatoria de ayudas específica, las dotaciones presupuestarias y los criterios de prioridad para acceder a las ayudas a inversiones en equipamiento de riego para explotaciones agrarias, de forma que se produzca una puesta en riego ordenada.
Otra gran medida de este nuestro Departamento que favorece la “concentración de la actividad agraria” en pocas manos, y en consecuencia también la concentración de la propiedad de la tierra en esas pocas manos (es decir la formación de “grandes propietarios” y la desaparición paulatina de la distribución tradicional de la propiedad en Navarra en explotaciones de tamaño medio -200/300 robadas- muy repartidas por las unidades familiares y casas).
Expliquemos los efectos de esta medida, en la concentración de la actividad agraria y de la propiedad de la tierra en pocas manos y, a medio plazo en la despoblación del mundo rural de Navarra.
Partamos de un dato:
En Navarra hay unas 17.000 explotaciones agropecuarias, de las cuales sólo unas 2.500 están gestionadas por ATP’s
Los ATPs son el 15 % de las explotaciones, gestionan más del 55 % de la SAU de Navarra, con un tamaño medio de su explotación que supera las 65 ha (715 robadas)
Los Profesionales de la Agricultura (que no llegan a ATP) son otro 15 % de las explotaciones, gestionan alrededor del 20 % de la SAU de Navarra, con un tamaño medio de su explotación algo superior a las 25 ha (275 robadas)
El resto de agricultores (titulares de explotaciones agropecuarias) representan alrededor del 70 % de las explotaciones, gestionan algo menos del 25 % de la SAU de Navarra, con un tamaño medio de su explotación algo inferior a las 10 ha (110 robadas), pero mantienen una actividad agraria, en su mayor parte gestionan “las tierras familiares” o “las tierras de casa” y están ligados al medio rural.
Y analicemos a quien está dirigida la ayuda, la cuantía de la misma y sus consecuencias:
– La Base 5 indica que para ser beneficiario de las ayudas es necesario “que la explotación tenga antes de iniciar el equipamiento de riego una dimensión igual o superior a 10 UDEs –Unidades de dimensión Europea”, es decir que antes del equipamiento en riego tenga un Margen Bruto Estándar superior a 12.000 €.
Considerando que antes de su equipamiento en riego se trataría de explotaciones de “secano” y que como es para el Canal de Navarra estamos hablando de las Comarcas 4-5-6-7 situadas en la mitad sur de Navarra.
Considerando los MBE determinados en la OF 225/2018, de 6 de septiembre, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se establecen las Unidades de Trabajo Agrario y Renta Unitaria en la Comunidad Foral de Navarra (y por tanto “oficiales” para este nuestro Departamento), para secano en dichas Comarcas (entre 630 y 305 €/ha), resulta que el tamaño mínimo de la explotación para poder ser beneficiaria de esta ayuda es de 19-39 ha según comarca.
Es decir, la mayor parte de las explotaciones de los Profesionales de la Agricultura (que no llegan a ATP) y del resto de agricultores quedan fuera de las ayudas (pero el hecho de no poder optar a las ayudas no les libera de los gastos que si son obligatorios –costes y canon de la puesta del agua en parcela, además del equipamiento si quisieran poder utilizar esa agua-)
Dicho de otra forma, solo son susceptibles de recibir estas ayudas los ATPs y unos pocos Profesionales de la Agricultura (que no llegan a ATP), es decir, apenas el 20% de los agricultores.
– La Base 8 regula el tipo y cuantía de las ayudas, indicando que con carácter general será del 15%, al que se sumará otro 10% con carácter general en el caso de que “antes del equipamiento de riego” sean explotaciones prioritarias y otro 5% para el caso de que dichas explotaciones prioritarias estén en “zonas de montaña y desfavorecidas” (que prácticamente es la totalidad de Navarra)
Considerando que según los artículos 4 a 6 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias (y sus sucesivas modificaciones) y el artículo 10 del Decreto Foral Legislativo 150/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra, para ser considerado “explotación prioritaria” es preciso que “el titular sea agricultor profesional” o que “el titular de la explotación sea agricultor a título principal”, resulta que las explotaciones prioritarias (casi la totalidad de las explotaciones de los ATPs) tienen una ayuda de un 30% de los gastos subvencionables, mientras que las “no prioritarias” (entre las que se encuentran todas las de los Profesionales de la Agricultura(que no llegan a ATP)) sólo recibirían una ayuda de un 15% de los gastos subvencionables.
Es decir, los Profesionales de la Agricultura (que no llegan a ATP) podrían recibir, como máximo, la mitad de la ayuda que los ATP y estarían en una situación claramente desfavorable y de “competencia desleal” para el equipamiento de riego de las parcelas de su explotación
– Las Base 9 y 10 establecen el procedimiento de concesión y los criterios de valoración que son “conforme al procedimiento de concurrencia competitiva, mediante la comparación de solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas” y “la tramitación en régimen de concurrencia competitiva establecerá una prelación de solicitudes aplicando los criterios de valoración determinados en la base anterior y se adjudicará la subvención, con el límite fijado por el crédito disponible en la convocatoria, a aquellas solicitudes que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios”.
Es decir que las ayudas se darán en orden decreciente según los puntos obtenidos hasta que se agote el crédito presupuestario comprometido para esta ayuda, quedando el resto de solicitantes sin ayudas.
La puntuación máxima es de 200 puntos otorgando, entre otras, las siguientes puntuaciones:
– explotación prioritaria 30 puntos, ATP 20 puntos, Agricultor profesional 10 puntos, resto (entre ellos los Profesionales de la Agricultura que no llegan a ATP) 0 puntos
Es decir, que los ATPs ya parten (ya que casi todas las explotaciones de los ATPs son “prioritarias”) con 30 puntos de ventaja respecto al resto. Además en caso de empate, la Base 10 les otorga prioridad, por lo que en la práctica se eliminan a los pocos Profesionales de la Agricultura (que no llegan a ATP) de la posibilidad de recibir estas ayudas para equipamiento de riego
En consecuencia:
– La Ayuda para equipamiento de riego en parcela están dirigidas en exclusividad a ATPs (un 15 % de los titulares), el resto (un 85 %) está –en la práctica- excluido de las mismas.
– Esta ayuda puede suponer hasta un 30% de los costes del equipamiento del riego en parcela, del que el resto de agricultores no dispone, comprometiendo la rentabilidad comparativa de sus explotaciones frente a los que si reciben esa ayuda.
– Los titulares de explotaciones que al no recibir esta ayuda (y considerando que sin la misma la viabilidad económica del equipamiento en parcela estaría “más comprometida”, motivo por el que se justificaría el establecimiento de esta medida “con objeto de impulsar el equipamiento de riego” en parcela) no equipasen sus parcelas se verían obligados a soportar los gastos que son obligatorios –costes y canon de la puesta del agua en parcela- sin poder cultivar en regadío, por lo que la explotación de sus tierras “transformadas” no resultaría rentable.
Ante esta perspectiva, son numerosos los pequeños propietarios que mantienen una actividad agraria, que en su mayor parte gestionan “las tierras familiares” o “las tierras de casa” y que están ligados al medio rural, que se ven obligados a vender o a arrendar sus tierras a los ATPs que si pueden beneficiarse de estas ayudas.
(Personalmente conozco varios casos e, incluso, he atendido a personas mayores llorando por verse “obligadas” a vender –o malvender- las tierras familiares o “de casa” que se habían transformado en regadío por el Canal de Navarra, al no poder hacer frente a los gastos que dicha transformación les representaba sin ningún tipo de ayudas, mientras que el comprador si se beneficiaba de las mismas)
Consecuencia: la concentración de la actividad agropecuaria (en las zonas transformadas en regadío por el Canal de Navarra) en muy pocas manos.
Es decir, “se está echando a la gente del campo”, se está echando a gente de la actividad agropecuaria, se les está desvinculando de su territorio y, a medio plazo, se potencia el “éxodo rural” y el abandono de un territorio con el que ya no se mantienen vínculos económicos (¿y “afectivos” hasta cuándo? ¿una generación?)
Como esta medida (y otras dirigidas al mismo objetivo de “concentrar la actividad agraria en pocas manos” y, en consecuencia, la propiedad) llevan varios años de impulso y ejecución, sus efectos ya son manifiestos (basta ver las estadísticas y datos que publica este nuestro Departamento)
Es curioso que este nuestro Departamento presente como algo “negativo” las consecuencias de las políticas que en materia agropecuaria viene impulsando desde hace años, y que plantee como “solución” a estos efectos supuestamente “negativos” el incremento y potenciación de las políticas que los generan.