El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado que los Estados miembro pueden adoptar medidas nacionales que impongan la indicación obligatoria del país de origen o del lugar de procedencia de los alimentos, en particular de la leche y de la leche utilizada como ingrediente, en los casos en que la omisión de esa indicación pueda inducir a error a los consumidores.
No obstante, el TJUE señala que la adopción de esas menciones únicamente será posible, entre otras condiciones, si se demuestra objetivamente que hay una relación entre el origen o la procedencia de un alimento y algunas de sus cualidades y si los Estados miembros aportan la prueba de que la mayoría de los consumidores conceden una importancia significativa
a esa información.

El caso se inicia cuando Groupe Lactalis interpuso un recurso contra el gobierno francés en el que solicitaba la anulación de un Decreto francés que obligaba, entre otras cosas, al etiquetado del origen francés, europeo o no europeo de la leche y de la leche utilizada como ingrediente en los alimentos envasados. Lactalis alega, entre otras cosas, que ese Decreto infringe el Reglamento sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.
El Consejo de Estado de Francia planteó al TJUE varias cuestiones prejudiciales relativas a la interpretación de ese Reglamento, que dieron lugar a esta dictamen.
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