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Los barbechos melíferos serán una de las novedades en la PAC 2018

16/01/2018

Foto:Usda

El Ministerio de Agricultura ha elaborado un borrador de un segundo Real Decreto para la solicitud de la PAC 2018, que se sumará al RD 980 publicado el 11 de noviembre, para completar la normativa nacional y atender los cambios incorporados por el Reglamento Ómnibus, aprobado a finales de 2017 por la UE. Una de las novedades de este borrador es la de los barbechos melíferos. Se trata de superficies que tienen que sembrarse con plantas que atraigan a las abejas u otros insectos polinizadores y que podrían justificarse como Superficie de Interés Ecológico (SIE). La hectárea de barbecho melífero equivaldría a 1,5 ha de SIE.

El Ministerio tiene prevista la publicación en su página web de un listado de las especies ricas en polen y néctar que se podrán sembrar en los barbechos melíferos, así como las condiciones de siembra, según avanza Jose María Santos, Responsable de Agricultura de URCACYL, en declaraciones a Agrodigital.com.

Este borrador de Real Decreto debería haberse ya aprobado, ya que antes del 1 de febrero tendría que estar aprobada y publicada la normativa autonómica que lo desarrolla, pero se ha retrasado por la tardía publicación del Reglamento Omnibus.

José María Santos nos ha resumido las otras  novedades que se incluyen en el último borrador del RD de la PAC 2018:

PAGO VERDE

Para el pago verde (greening) se flexibiliza  el cumplimiento de diversificación de cultivos mediante la inclusión de los cultivos de arroz y leguminosas entre las excepciones al cumplimiento de los umbrales en materia de diversificación en el primer caso, y de la propia diversificación en el segundo. También se incorpora el trigo espelta (Triticum spelta) como cultivo diferenciado a efectos de cómputo en la obligatoriedad de la diversificación.

Asimismo se elimina el requisito que se exigía, para poder estar exento de diversificación y contar con superficie de interés ecológico, que la tierra restante, no cubierta por los cultivos como barbechos, hierbas u otros forrajes, leguminosas, o arroz (estos dos últimos incorporados ahora al cómputo del umbral de superficie), no debía exceder de las 30 hectáreas.

SIEs

Se añaden, además, nuevos tipos de superficies que computan como superficies  de interés ecológico (SIEs), tales como las dedicadas a Miscanthus, a Silphium perfoliatum y los barbechos melíferos antes mencionados.

Se cambia el factor de ponderación de los cultivos fijadores de nitrógeno, que pasa de 0,7 a 1 (es decir, una hectárea de leguminosas computará como una de SIE), y se incluyen los factores de ponderación de las nuevas superficies de interés ecológico antes citadas (0,7 para Miscanthus y Silphium) y de 1,5 para los barbechos con melíferas (con lo que cada hectárea de este tipo de barbecho, contará como 1,5 has a efectos de SIE)

Jóvenes y pastos

Con el fin de incentivar la participación en los regímenes de pago para jóvenes agricultores, se duplica esta ayuda hasta el 50% del valor de los derechos de pago básico del joven, tal y como posibilita el nuevo reglamento, aunque se mantiene el límite máximo de 90 has. Con el mismo objetivo, se flexibiliza la percepción de este pago, al poder recibir la ayuda durante cinco años consecutivos desde la primera solicitud, aunque ésta fuera anterior a 2018.

Finalmente se da una nueva definición para las los pastos permanentes que amplía el espectro de los pastos elegibles, para dar cabida a superficies con arbustos y árboles que producen alimentos para los animales, como la dehesa.

Desarrollo rural y mercados

 El Reglamento Ómnibus ha incorporado algunos cambios o novedades no relativas a pagos directos o sus condicionantes de cobro, pero para cuya aplicación se precisará un posterior desarrollo normativo a nivel europeo y/o español.

En este sentido se permitirá más flexibilidad a cada estado miembro de aplicar o no la figura de agricultor activo para percibir las ayudas, podrá modificar los pagos asociados e incluso los importes de los pagos directos.

Otro grupo de novedades tienen como objetivo el reforzar la posición de los agricultores en la cadena alimentaria, mediante la posibilidad de la negociación de cláusulas de reparto de valor dentro de la cadena, que negociaría cada sector con sus organizaciones de productores, así como el derecho a la exigencia de los contratos por escrito.

En esta misma línea, se establece que las OPs (organizaciones de productores) puedan negociar contratos de suministros en nombre  de sus miembros, hasta ahora sólo posible en los sectores de leche, aceite de oliva, ternera y cereal, sin que le afecten las normas de competencia.

Y por último se proponen nuevas herramientas de estabilización de ingresos (seguros) para paliar condiciones adversas de tipo climatológico o por volatilidad de los mercados. Estas medidas se complementan con reservas de crisis, con normas de intervención más claras y que permitirán responder más rápido a las situaciones de adversidad.

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