Toda la cadena alimentaria de la UE, representada por productores y sus cooperativas (COPA-COGECA), la industria alimentaria (FoodDrinkEurope) y el comercio de materias primas y productos agroalimentarios (Celcaa) solicitan acciones específicas para atenuar, en la medida de lo posible, cualquier efecto negativo del Brexit en este sector. No hay que olvidar que el comercio de materias primas agrícolas, de productos alimentarios y de bebidas representa el 11 % de los flujos comerciales bilaterales entre la UE-27 y el Reino Unido.
Las peticiones son:
– Previsibilidad para evitar la hipótesis de vacío total: para lo que habría que mantener el estatus quo durante el periodo transitorio, lo que permitiría proseguir sin grandes cambios con los acuerdos comerciales y aduaneros en vigor hasta la entrada en vigor de un nuevo tratado comercial. Asimismo, ello entraña que todos los cambios entren en vigor simultáneamente, coincidiendo con la fecha de entrada en vigor del nuevo régimen. En resumidas cuentas, las empresas necesitan una conformación previa de que no habrá cambios sustanciales al día siguiente de la salida efectiva del Reino Unido.
-Tratado comercial global entre la UE y el Reino Unido: En ausencia de un tratado comercial entre la UE y el Reino Unido, la circulación de productos agroalimentarios en ambas direcciones estará sujeta a aranceles y a obstáculos no arancelarios. Si bien es cierto que los aranceles de los productos agroalimentarios pueden llegar a ser elevados, las medidas no arancelarias pueden ser igual de severas. La re-introducción de declaraciones aduaneras también podría resultar perjudicial en un contexto de tráfico intenso en ambas direcciones. Todo retraso en la aduana provocaría que los productos se echen a perder, con el consiguiente desperdicio de alimentos. En términos aún más concretos, la frontera entre Irlanda e Irlanda del Norte requerirá de soluciones prácticas y creativas. El comercio entre la UE-27 y el Reino Unido también se vería confrontado a inspecciones adicionales, lo que incrementaría los costes para empresas y consumidores, puesto que con los países extracomunitarios es obligatorio disponer de una certificación sanitaria y veterinaria.
– Aclaración con la antelación debida de las reglas generales que se aplicarán a las normas de origen: La Celcaa, el Copa-Cogeca y FoodDrinkEurope piden un acuerdo comercial global que incluya disposiciones en materia de facilitación aduanera, de normas de origen, de protección de las indicaciones geográficas y de reconocimiento mutuo de la legislación relativa a la seguridad de los alimentos, los certificados sanitarios y fitosanitarios y la regionalización. Nuestras organizaciones mantienen su compromiso de poner todos sus conocimientos especializados al servicio de los negociadores para ayudar en la obtención del mejor resultado posible.
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