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Se inicia la tramitación de la Ley de Espacios Agrarios en el Parlamento Catalán

14/07/2017

Ayer se presentó en el Parlamento de Cataluña la Proposición de Ley de Espacios Agrarios impulsada por el grupo Juntos por Si, con la que se da respuesta a una reivindicación histórica del sector y del territorio ya las demandas del propio Parlamento, que ha urgido de manera reiterada sobre la necesidad de una ley de espacios agrarios. El texto que ha iniciado su tramitación parlamentaria tiene el apoyo del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación y ha sido concertado con las principales entidades del sector, con el objetivo de dotar al país de una Ley que permita planificar y actuar teniendo en cuenta el sector agrario, como productor de alimentos, equilibrador del territorio y cohesionador social.

Los objetivos de la Ley de Espacios Agrarios son, por un lado, definir bien qué son estos espacios e identificar aquellos que tienen un alto valor agrario, con el objetivo de preservarlos, y, por otro lado, poner en funcionamiento un mecanismo que permita movilizar al máximo las tierras en desuso, con transparencia y garantías, para tener el máximo de superficie agrícola en condiciones de producción para avanzar en la soberanía alimentaria, garantizar la gestión sostenible del medio y favorecer el relevo generacional facilitando que más jóvenes se puedan incorporar a la actividad agraria así como el dimensionamiento de explotaciones profesionales que lo necesiten.

Tal y como recoge el Preámbulo de la proposición de Ley, Cataluña tiene 3,2 millones de hectáreas de superficie de las que el 21,6% son cultivos de regadío y de secano, el 7% son pastos y el 64% es forestal . Asimismo, según el Mapa de Hábitats de Cataluña, hay 45.000 hectáreas de cultivos abandonados, lo que supone el 1,4% de superficie catalana. Teniendo en cuenta su importancia cuantitativa, desde un punto de vista territorial es necesaria una regulación sustantiva para que los espacios agrarios tengan el reconocimiento de sus valores y estén dotados de la regulación que les corresponde.

Otro aspecto que destaca el texto es la necesidad de «reconocer que la multifuncionalidad y la sostenibilidad de la actividad agraria vienen dadas por la capacidad de asegurar satisfactoriamente el vínculo entre la producción, la calidad y la seguridad alimentaria, el equilibrio territorial y la preservación del mundo rural y sus habitantes, el mantenimiento del paisaje y el respeto por las condiciones medioambientales y la conservación de la biodiversidad; así como su contribución a la mitigación del cambio climático «.

Los contenidos de la Proposición de Ley

El texto que ha entrado hoy en el Parlamento se divide en un Título preliminar y seis títulos. En el Título preliminar se delimita el objeto y las finalidades de la ley que no es otra que la planificación y la gestión de los espacios agrarios, determinando su régimen jurídico y la regulación de los supuestos y modalidades de intervención pública.

En el título primero se determinan y desarrollan los instrumentos de planificación territorial sectorial agraria, estableciendo los criterios a tener en cuenta para que pueda ser realidad el Plan Territorial Agrario de Cataluña y los Planes Territoriales Agrarios Específicos sobre áreas concretas, con singularidades.

El título segundo regula el Análisis de afecciones agrarias como instrumento preceptivo de las relaciones entre la planificación territorial, el planeamiento urbanístico y la protección del espacio agrario que el territorio identifique, ya sea por la calidad productiva como desde el punto de vista medioambiental.

El título tercero menciona los sistemas de información para la protección y conservación de los espacios agrarios, como herramienta de evaluación y de control y seguimiento del estado de los espacios agrarios y de la necesaria sostenibilidad y conservación de los suelos.

El título cuarto hace la delimitación entre infraestructuras de interés general en suelo agrario y las infraestructuras agrarias, así como los caminos rurales, para establecer la consideración de los espacios agrarios en la regulación de las obras, la planificación, programación y ejecución de estas, así como la preservación de la unidad mínima de cultivo en la ejecución de estas obras.

El título quinto se dedica a la actividad agraria periurbana, como una realidad territorial, y el hecho de que tenga que ser tenida en cuenta en la planificación territorial y en el desarrollo de las infraestructuras.

El título sexto define el establecimiento y las funciones del registro de fincas agrarias en desuso que ha de gestionar las tierras que se declaren como infrautilizadas, teniendo en cuenta aspectos como la declaración, la transparencia y las garantías para las partes y para favorecer accesibilidad a los profesionales o jóvenes que deseen incorporarse al sector.

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