El Comité permanente de toxicología de la Comisión Europea ha modificado el reglamento comunitario 1881/2006 sobre contaminantes en los alimentos, con el fin de incluir un límite para la presencia de cornezuelo.
El umbral establecido en 0,5 gr/kg en cereales (excepto maíz y arroz) en alimentación humana. Este límite ya se aplica en los intercambios internaciones y en los trigos duros y blandos para intervención.
Este nuevo límite entrará en vigor en cuanto se publica en el DOUE.
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