Agrodigital

la web del campo

  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Frutas y hortalizas
    • Vino
    • Olivar
    • Remolacha y azúcar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
    • Insumos agrícolas
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Acuicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • Política agraria España
    • Política agraria países terceros
    • OMC – Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • CC.AA.
    • Castilla y León
  • Legislación
  • Varios
    • Artículos
    • Buscador
    • Anuncios clasificados
    • Contacto
    • Newsletter
Está aquí: Home / Medio ambiente / Forestal / El nuevo Código Penal endurece las penas por los delitos relativos a los incendios forestales

           

El nuevo Código Penal endurece las penas por los delitos relativos a los incendios forestales

30/03/2015

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el jueves la modificación del Código Penal que, entre otras cuestiones, recoge las propuestas de especial relevancia para el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en relación con los incendios forestales, los hurtos en el campo, la protección de animales y la realización de actividades de marisqueo sin el debido título habilitante.

De esta forma, el nuevo Código Penal ofrece una respuesta penal más adecuada ante los incendios de mayor gravedad que, en muchas ocasiones, tienen una causa intencionada y ocasionan importantes daños al patrimonio natural y bienes públicos y privados, o generan situaciones de peligro para la integridad física de las personas.

Aunque el nuevo texto mantiene el tipo básico vigente hasta ahora (penas de prisión de uno a cinco años y multa de 12 a 18 meses), en los supuestos agravados se prevé una sanción autónoma. De esta forma, quienes provoquen el incendio serán castigados con una pena de prisión de tres a seis años y multa de 18 a 24 meses, cuando el incendio alcance especial gravedad y concurran las circunstancias establecidas en el Código.

Asimismo, se incluyen nuevas agravantes en los casos especialmente lesivos para el medio ambiente, o que sean generadores de un peligro elevado. En el caso de que los incendios afecten a espacios naturales protegidos, se castigarán del mismo modo que los delitos contra el medio ambiente, lo que significa que sus autores podrán ser castigados con la pena superior.

Dada la complejidad de este tipo de delitos y la necesidad de realizar una investigación lo más ágil posible, la instrucción y el enjuiciamiento de los incendios forestales se encomendará a tribunales profesionales, y se elimina la competencia del tribunal del jurado en el delito de incendios

ROBOS EN EL CAMPO

Para ofrecer una respuesta al problema que plantean actualmente los delitos patrimoniales cometidos en explotaciones agrarias o ganaderas, se ha añadido un nuevo supuesto en el Título que recoge los delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. De esta manera, entre los delitos castigados con la pena de prisión de uno a tres años se incluye “cuando se trate de productos agrarios o ganaderos, o de los instrumentos o medios que se utilizan para su obtención, siempre que el delito se cometa en explotaciones agrícolas o ganaderos y se cause un perjuicio grave a las mismas”.

Por otra parte, con esta reforma se refuerza la protección de los animales mediante una definición de los que son objeto del delito, que incrementa la seguridad en la aplicación de la norma, y una revisión de las conductas punibles, incluyendo la explotación sexual de animales, y de las sanciones aplicables a las mismas.

Como novedad, además de las correspondientes penas de prisión o multa, en el nuevo Código se prevé la posibilidad de imponer las penas de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para su tenencia.

Por último, en el apartado de los delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales, se modifica el artículo 335 para incluir la realización de actividades de marisqueo sin la necesaria concesión o autorización marisquera. Este delito será castigado con la pena de multa de cuatro a ocho meses e inhabilitación especial para el ejercicio de la actividad por tiempo de uno a tres años.

La reforma del Código Penal, mediante Ley Orgánica, supone una completa revisión y actualización, para adaptarlo a las nuevas demandas sociales y ante la necesidad de llevar a cabo determinadas modificaciones de la norma penal, además de adecuar su contenido a disposiciones y compromisos internacionales. El texto de esta Ley será publicado en el BOE para su entrada en vigor el 1 de julio de 2015.

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Escriba un comentario: Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Es actualidad

  • Los bosques europeos cada vez absorben menos carbono ¿por qué? 03/09/2025
  • El Paseo de la Castellana en llamas (X. Iraola) 01/09/2025
  • Detenida una mujer por presunta provocación de incendios forestales 16/07/2025
  • Refuerzo europeo contra incendios: la UE despliega medios aéreos y 650 bomberos en el sur de Europa 04/07/2025
  • Cada vez hay más fondos para prevenir los incendios forestales pero no se usan eficazmente (TCE) 12/06/2025
  • Galicia prohíbe desde hoy las quemas agrícolas y forestales de particulares 27/05/2025
  • Ya se pueden notificar las quemas agrícolas y forestales en Galicia 08/05/2025
  • Extremadura desarrolla un sistema de alerta temprana contra la seca del alcornoque y la encina 23/04/2025

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2018 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestro sitio web y obtener analítica web. Si continúa utilizando este sitio asumiremos que está de acuerdo.Estoy de acuerdo