El Departamento de Agricultura de Cataluña (DAAM) publicó, el pasado jueves, en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC) el Decreto de presentación de determinadas bebidas en botella de vidrio y dispositivo de cierre tipo vino espumoso.
Este Decreto da respuesta a la voluntad del sector de adaptar la presentación de determinadas bebidas en botella de vidrio y dispositivo de cierre tipo vino espumoso y así poder satisfacer el incremento de demanda de bebidas con poca graduación alcohólica.
En los países centroeuropeos y nórdicos comercializan con gran éxito las bebidas de vino ecológico y últimamente las bebidas de vino con baja graduación. También es un hecho que son los mayores consumidores europeos (litros per cápita) de vinos con carbónico, es decir, vinos espumosos o de aguja. Muchos de estos vinos espumosos y bebidas espumosas son envasados ??en estos países (Alemania, Bélgica, Holanda, Austria, etcétera) utilizando como vino base, vinos del sur de Europa, entre ellos, vinos catalanes a granel. A partir de ahora todo el proceso, incluyendo el envasado y la exportación, se podrá hacer en Cataluña y se obtendrá así un valor añadido más alto.
Para ser competitivos con las bebidas espumosas y garantizar la seguridad de los embotelladores y los consumidores es condición imprescindible utilizar las botellas tradicionales, del tipo «vino espumoso», así como los tapones o cierres adecuados, para aguantar la presión interna que produce el gas carbónico contenido dentro del envase.
Así, el objeto de dicho Decreto es determinar las condiciones para comercializar o exportar en botella de vidrio del tipo vino espumoso, cerrada mediante los dispositivos regulados en el Reglamento (CE) núm. 607/2009 de la Comisión, de 14 de julio de 2009. El Decreto establece las condiciones de etiquetado, publicidad, y el régimen sancionador.
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