La Comisión Europea ha publicado la Decisión 2014/759/UE con el fin de modificar el actual modelo de certificado veterinario para las importaciones en la Unión de determinados productos a base de carne derivada de animales domésticos de la especie porcina, en lo que respecta a los requisitos zoosanitarios para la detección de Trichinella y adaptarlo a las nuevas normas.
En marzo pasado se modificaron las normas para el muestreo de las canales de especies sensibles a la infestación por triquinas y para la determinación de la situación de las explotaciones de animales de la especie porcina doméstica (Regl.nº216/2014), para conceder excepciones a lo dispuesto sobre los análisis que han de llevarse a cabo en el momento del sacrificio en las explotaciones respecto de las cuales se haya reconocido oficialmente que cumplen condiciones controladas de estabulación. Las nuevas normas también establecen que una explotación en la que se críen cerdos domésticos solo puede obtener el reconocimiento oficial de que cumple las condiciones controladas de estabulación si, entre otras cosas, el explotador de la empresa alimentaria introduce nuevos cerdos domésticos en su explotación únicamente si proceden de otras explotaciones cuyo cumplimiento de las condiciones controladas de estabulación también haya sido reconocido oficialmente.
Se permite un período transitorio para adaptarse al nuevo certificado. Durante dicho período que se extendería hasta el 31 de marzo de 2015, podrían seguir introduciéndose en la UE, las partidas de productos cárnicos que vayan acompañadas del actual certificado, expedido a más tardar el 1 de marzo de 2015
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